Bases de la convocatoria publica para la concesión de ayudas para el fomento de actividades musicales como la organización de festivales, cursos de perfeccionamiento musical, concursos, proyectos musicales de carácter singular y proyectos de producción musical, durante los meses de octubre de 2013 a septiembre de 2014
La presente convocatoria tiene por objeto potenciar la organización y realización de las siguientes actividades de carácter musical que tengan lugar desde el 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014:
a) Festivales.
b) Cursos de perfeccionamiento musical que se convoquen para alumnos que, como mínimo, se encuentren cursando el grado superior.
c) Concursos.
d) Proyectos Musicales de carácter singular.
e) Proyectos de Producción musical.
Se podrá conceder un mínimo de treinta y cinco y un máximo de cuarenta y cinco ayudas; en ningún caso el importe de cualquiera de ellas será superior a 6.000 euros.
Podrán obtener estas ayudas las administraciones públicas, entidades, empresas y asociaciones que organicen alguna de las actividades objeto de esta convocatoria
En lo que se refiere a las sociedades musicales y bandas de música, también podrán obtener las ayudas para las actividades musicales pero quedando excluidas aquellas que protagonicen sus propias agrupaciones u otras similares pertenecientes a cualesquiera sociedades musicales.
Igualmente, estas ayudas no podrán aplicarse a las empresas que operen en los sectores de los ámbitos de aplicación de dichas ayudas.
Quedan excluidos de esta convocatoria los siguientes supuestos:
a) Actividades organizadas por cualquier tipo de organismo o ente público que forme parte de la Administración de la Generalitat Valenciana.
b) Las primeras ediciones de las actividades como festivales, cursos y concursos, objeto de la presente convocatoria.
c) Festivales, cursos, concursos y proyectos musicales de carácter singular que sean beneficiarios de otro tipo de ayudas por parte de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte.
d) Cursos destinados al perfeccionamiento musical que no exijan como requisito acreditar estar cursando el grado superior.
e) Aquellas actividades que no garanticen con recursos propios o distintos de los que se ofrecen en esta convocatoria, un porcentaje míni-mo del 50 % del presupuesto de los gastos previstos para las mismas.
f) Actividades organizadas por las sociedades musicales y bandas de música de la Comunitat Valenciana, protagonizadas por sus propias agrupaciones, u otras similares pertenecientes a cualesquiera sociedades musicales.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Toma buena nota para próximas convocatorias.
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