Como ya te informamos esta misma semana La CISAC (Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores) acaba de publicar su informe Global Collection Report con los datos referidos a 2015 y que viene con datos positivos para el mundo de la creación y los derechos en general.
A continuación pasamos a profundizar en algunos aspectos del citado informe para su mejor comprensión.
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Flujos de derechos
Históricamente las compañías discográficas creaban productos y tenían la propiedad de sus distribuidores, por lo que este sector del negocio es sobretodo dirigido hacia el consumidos final (B2C). Por tanto, los informes financieros e ingresos del sector se basan principalmente en productos. Por otro lado, las canciones se autorizan para su uso a otras empresas, constituyéndose en un mercado dirigido a empresas (B2B) en una amplia variedad de usos y de tipos de productos siendo las entidades de licencias las que han dado forma al proceso de licenciamiento para derechos particulares, definidas en leyes de derechos de autor como los derechos de reproducción (mecánicos) para grabaciones y derechos de ejecución para retransmisiones,
El seguimiento de los ingresos, entonces, comienza más bien por seguir el flujo de estos derechos en cada país. En los países angloamericanos como Estados Unidos, Canadá y Reino Unido, los compositores suelen conceder, por contrato, sus derechos de reproducción (mecánicos) en sus canciones a los editores o pueden ser ellos mismos los que actúan como sus propios editores. Normalmente otorgan derechos de ejecución a los editores o a las sociedades de derechos colectivos. Cuando se otorgan a sociedades, se otorgan derechos exclusivos o no exclusivos (permitiendo a un editor conceder licencias así como a la sociedad).
En estos países, las licencias mecánicas se obtienen de editores o de una sociedad o agencia de derechos mecánicos. Los ingresos generados por los usos digitales provienen de regalías o aranceles mecánicos a tasas negociadas entre el editor o la sociedad y el DSP o a las tarifas establecidas por un tribunal de derechos de autor.
En los Estados Unidos, las licencias de ejecución se obtienen de los editores o de una organización de derechos de ejecución a tasas negociadas o a tasas fijadas por un tribunal. En Canadá y en el Reino Unido, las licencias de ejecución suelen obtenerse de las sociedades de derechos de ejecución de esos países a precios negociados o a las tarifas fijadas por un tribunal de derechos de autor.
En la Europa Continental, los compositores suelen conceder, por acuerdo, sus derechos de reproducción y de ejecución a la sociedad de derechos colectivos en el territorio local. Las sociedades conceden las licencias normalmente a tarifas negociadas, aunque algunos países tienen un tribunal de derechos de autor para fijar las tarifas en caso de disputa.
En toda Europa desde 2006, los grandes editores de música y muchos editores de música independientes crearon Vehículos de Propósito Especial (SPVs) en cooperación con algunas sociedades con respecto a licencias para uso digital y móvil. Estas licencias tienden a ser para DSPs que quieren una licencia para cubrir múltiples territorios europeos.
Estas SPV´s otorgan licencias de derechos mecánicos en las canciones angloamericanas de algunos editores (donde los derechos de reproducción / mecánicos están controlados por los editores), y las licencias pueden incluir derechos de interpretación en cooperación con las sociedades que controlan esos derechos en las canciones angloamericanas. La sociedad que recoge los ingresos para qué tipo de derecho o qué tipo de uso licenciado por un SPV varía entre los editores y las SPV´s. Las tarifas / aranceles de regalías se negocian y varían de una parte a otra, país por país. Para calcular los ingresos de las canciones para usos digitales con la mayor exactitud posible en los países de América del Norte y Europa, es necesario obtener cifras de editores, sociedades y SPVs.
Mercados de productos vs. Mercado de derechos
Dado que las compañías discográficas se centran en sus productos, los informes financieros de sus grupos comerciales tienden a dividir los ingresos por línea de productos. Pueden incluir unidades físicas, digitales (descargas, suscripciones, etc.), derechos de interpretación y así sucesivamente. Dado que los editores se centran en sus licencias, sus informes financieros internos suelen dividir los ingresos por derechos. Pueden incluir ingresos de derechos mecánicos, interpretaciones, sincronización (reproducción con imágenes visuales), derechos de impresión, etc.
Algunas sociedades de derechos de interpretación analizan sus colecciones mediante licencias de mercado, como emisiones de televisión y radio, online, actuaciones en directo, licencias generales y así sucesivamente. Otras sociedades, por razones de competencia, proporcionan sólo categorías generales de colecciones o no proporcionan ninguna información al público.
Plazos
Las empresas discográficas normalmente reciben ingresos de los DSP muy rápidamente (a menudo en un mes) después del uso de la música, a excepción de los ingresos de interpretación de las sociedades de derechos conexos que se tardan más en cobrar.
En contraste, el plazo de recibo de los ingresos por las canciones no se sincroniza con los ingresos de la compañía discográfica. Por ejemplo, los ingresos por música grabada reportados para ventas de música grabada o para uso en 2015 no coincidirían con los ingresos de las canciones usadas en 2015.
Hay muchas variaciones de tiempo y plazo en el negocio de las canciones. Los editores que tienen acuerdos de licencia directamente con un DSP pueden requerir que el DSP pague al editor directamente en determinadas fechas. Los editores que tienen acuerdos de licencia directamente con un DSP pueden en su lugar establecer un acuerdo con una sociedad para que la sociedad recolecte los importes adeudados por el DSP para luego distribuirlos a los editores para ciertas fechas. Los editores estadounidenses recaudan algunas regalías de los DSP a través de compañías discográficas. Las sociedades tienen políticas sobre cuándo van a distribuir las cantidades recaudadas de los DSP a sus afiliados / afiliados escritores / editores, que puede ser trimestral o semestral.