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CISAC. Informe de Recaudaciones Mundiales 2016 | Resumen y derechos reflejados

CISAC. Informe de Recaudaciones Mundiales 2016 | Resumen y derechos reflejados

La CISAC (Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores) ha publicado recientemente su informe sobre Recaudaciones Mundiales de 2016. En él se trata la remuneración a los creadores durante el pasado ejercicio 2015. Una publicación que abarca datos procedentes de 239 sociedades miembros de la CISAC que suponen en conjunto más de 4 millones de creadores de artes visuales, música, obras dramáticas, audiovisual y literatura de un conjunto de 123 países.

Algunos de los datos clave son por ejemplo que por tercer año consecutivo la recaudación de derechos ha aumentado llegando a los 8.600 millones de euros, lo que supone un 8,9% más respecto del anterior ejercicio, 2014. Supone que por primera vez se supera y con creces la barrera de los 8.000 millones de euros recaudados. Los derechos según su tipo y que han experimentado crecimiento son:

  • Música. Suponen el grueso principal de todo lo recaudado, representando cerca del 90%; 7.500 millones de euros recaudados y han experimentado un aumento del 8,5% respecto al anterior ejercicio.
  • Audiovisual. La recaudación por derechos audiovisuales se han visto incrementados en un 15,1%.
  • Artes visuales. Por su parte la recaudación por derechos de artes visuales se han visto incrementados en un 27,4%.
  • Servicios digitales. La recaudación por servicios digitales, que representan un 7,2%, se han visto incrementados en un 21,4% a nivel global.

CISAC Global Collection Report 2016. Recaudación de derechos por regiones

Por regiones, EE.UU y Canadá han protagonizado el mayor crecimiento de las recaudaciones, con un incremento del 33% año a año.

La región de Canadá y Estados Unidos registró el mayor crecimiento con un incremento de 33% en las recaudaciones año con año. (Hecho que se debe en parte a las fluctuaciones de los tipos de cambio y a los ingreso de la Harry Fox Agency). Datos que que por primera vez han sido agregados a CISAC por vez primera.

África sigue segunda con un notable crecimiento del 14,9% en cuanto a las recaudaciones entre los años 2014-2015.

Por su parte, Asia-Pacífico ostenta una tasa de crecimiento del 5,6% y por detrás América Latino y el Caribe con crecimiento correspondiente a una tasa del 3,7%.

Por último, Europa obtiene una tasa de crecimiento interanual del 3,6%.

CISAC Global Collection Report 2016. Recaudación de derechos por tipos de uso

Evolución de la recaudación

  • Derechos de ejecución: +9,1%
  • Derechos de reproducción: +10%
  • Otros derechos: +2,9%
  • Digital y Multimedia: +21,9%
  • TV y Radio: +9,8%
  • En vivo y de fondo: +7,8%
  • Derechos de reventa de artistas visuales: +8,7%

Cuota de recaudación de derechos por tipo de uso

  • TV y Radio:45,9%
  • Otros tipos de uso: 8,6%
  • Copia privada: 3,6%
  • CD´s: 5,3%
  • Digital y Multimedia: 7,2%
  • En vivo y de fondo: 29,4%

En términos generales y desde el punto de vista del presidente de CISAC, Jean-Michel Jarre la cifra de 8.600 millones de euros de recaudación supone un record para la entidad lo que sin dudad es un dato muy positivo para los creadores de todo el mundo. No obstante hace mención a la dependencia de nuestras sociedades para poder recaudar los derechos de los creadores y poder seguir con la actividad creativa, a la necesidad de unos sistemas efectivos que permitan la captura del valor de las obras y una redistribución justa por parte de quiénes se benefician de dicho valor.

Entrando a mayor grado de detalle respecto a este informe Global Collection Report 2016, comentar que los cálculos se realizan en base a las recaudaciones domésticas brutas que de manera general corresponden a los royalties cobrados por el uso del repertorio global en los territorios relativos a cada entidad de gestión de derechos. En base a lo cual, no están reflejados los intercambios internacionales entre dichas entidades. Por su parte las entidades de gestión reciben una remuneración a cambio del otorgamiento de licencias para el uso de las obras creativas.

Como se comentó anteriormente, CISAC categoriza el repertorio en 5 grupos:

  • Música
  • Audiovisual
  • Teatro
  • Literatura
  • Artes Visuales

En este informe están reflejados los flujos de ingresos de los usuarios licenciados a las entidades de gestión dentro de esas 5 categorías de repertorio.

La información presentada en el informe está presentada a nivel mundial y además se muestra por repertorio y por región. Cabe mencionar que los distintos miembros de la CISAC administran en nombre de los editores y autores afiliados, los diferentes derechos legales.

Los miembros de la CISAC administran principalmente dos derechos, derechos de reproducción y derechos de ejecución.

  • Derechos de reproducción: Cada vez que se realiza una copia de un trabajo creativo, este derecho permite al creador ser remunerado por ello. Dentro de este marco, los derechos mecánicos son utilizados normalmente para definir el derecho que obtienen los productores de discos fruto de haber realizado una grabación de sonido en una obra musical. Por otro lado, el término reprografía es utilizado en el ámbito de las copias tanto de obras impresas como literarias.
  • Derechos de ejecución: Es el derecho que permite al creador obtener una remuneración cuando sus obras son ejecutadas en público, ya sea en una sala de conciertos, una discoteca, bar, restaurante, actuaciones en vivo o cuando se reproduce una grabación musical, o comunicadas al público. También se incluyen aquí la difusión por televisión y la difusión por medio de plataformas digitales como por ejemplo servicios de streaming.

También encontraremos «otros derechos» mencionados en el informe: Es en esta categoría donde se incluyen el resto de flujos de ingresos y royalties cobrados por los distintos miembros de la CISAC en nombre de sus representados y que no estén incluídos no en derechos de reproducción no en derechos de interpretación. Nos encontraríamos pues con royalties procedentes de copia privada, préstamos público o alquiler, sincronización, uso educativo, exposición y los royalties procedentes de la recaudación de casas de subastas y galerías que revendan derechos de artistas visuales.

Tipos de uso

Junto a la diferenciación de los royalties cobrados por la categoría de derecho, también se desglosan por tipo de uso a fin de poder tener la información necesaria para poder llevar a cabo un seguimiento de los ingresos derivados de los distintos tipos de uso de las obras creativas.

Las distintas entidades de gestión reportan a CISAC sus recaudaciones según distintas categorias de uso y diferentes métodos de explotación por parte de los licenciatarios.

Los distintos tipos son:

TV y radio: Se incluyen aquí royalties que provienen del uso de la obra creativa al ser retransmitida bien por televisión o emisora de radio para su recepción por parte del público.

Se incluyen en esta categoría las recolecciones de operadores vía satélite y por cable así como ciertos servicios relacionados con la emisión (como televisones bajo demanda)

La difusión tanto por radio como por televisión puede implicar la explotación tanto de derechos de reproducción como de interpretación ya que frecuentemente la entidad de radiodifusión realiza una copia de la obra antes de que se lleve a cabo la retransmisión.

En vivo y de fondo: Aquí se incluyen dos tipos principales de recaudación:

Recaudación por la realización / ejecución de obras creativas delante de una audiencia en vivo como tocar, cantar o recitar en público (por ejemplo durante un recital, obra de teatro, concierto de música…)

Recaudación de obras realizadas por medio de otras fuentes (por ejemplo medios grabados, retransmisiones de radio o TV que se estén ejecutando en lugares públicos) frente a una audiencia en directo.

Esto puede tener lugar en el fondo como por ejemplo en espacio público como el pasillo de un hotel, una barra de un bar, un restaurante o como elemento de foco principal como en un karaoke-bar o una discoteca.

Cine: Se incluyen aquí las recaudaciones de licencias para el uso de producciones audiovisuales, para cine, etc. que incluyan la música en las producciones mencionadas.

Digital y Multimedia: Quedan recogidas aquí la recaudación sobre licencias de servicios digitales como por ejemplo plataformas de streaming, uso en trabajos creativos en dispositivos digitales grabables como CD-ROM. En este apartado se puede recoger la explotación de obras creativas tanto por derechos mecánicos como derechos de interpretación.

CDs: En este tipo de uso están incluídos las recaudaciones de licencias por reproducción mecánica de obras musicales sobretodo de compact disc además de otros soportes sonoros como cassetes o vinilos.

Vídeo: Se recogen aquí las recaudaciones de licencias de obras musicales referentes a la reproducción mecánica de producciones audiovisuales que llevan incorporada obras musicales en DVD.

Reproducción mecánica: Incluye la recaudación de licencias por reproducción mecánica de obras de repertorios de obras literarias, visuales y dramáticas. No se incluyen en esta categoría la reproducción de música en CD y otros dispositivos.

Reprografía: Quedan incluídas aquí las recaudaciones por la reproducción de obras a través de medios reprográficos, normalmente para fabricar, importar u operar dispositivos que reproduzcan obras de manera reprográfica como sería el caso de impresoras, fotocopiadores o faxes.

Copia privada: Se incluyen aquí la recaudación de los derechos de copias privadas para compensar a los titulares de dichos derechos por los actos de copiado que realizan las personas para su uso personal. Suelen pagar impuestos sobre copia privada los distribuidores o facbricantes de dispositivos o medios elctrónicos con capacida de almacenamiento de datos.

Derecho de reventa: Refleja los derechos de reventa que da derecho a un artista visual a obtener un porcentaje del precio de venta en el momento que sus obras hayan sido revendidas por una galería o casa de subastas. Este derecho aplica a la fotografía, pintira, dibujo, escultura, etc.

Alquiler / préstamo público: Quedan incluídas aquí la recaudación de la licencia del derecho a prestar o alquilar tanto una copia como el original de una obra al público.

Derecho de sincronización: Son reflejadas aquí las recaudaciones derivadas de la licencia del derecho a incluir una pieza musical de manera parcial o total y de manera sincronizada con otras obras, normalmente de carácter audiosuales.

Derecho de exposición: Recaudaciones procedentes del derecho a exhibir o mostrar una obra de arte a un público en lugares como museos.

Educativo: Las recaudaciones reflejadas provienen de establecimientos educativos con un uso con finalidad docente de las obras creativas, como por ejemplo la exhibición o representación de una obra por parte de los profesores como parte de un curso en un aula o similar.

Tras haber profundizado en qué es lo que mide el informe, en próximos artículos entraremos en detalle a ver cual ha sido el desempeño de la música digital. Suscríbete a la newsletter y no te pierdas nada 🙂

>Puedes revisar la edición anterior del Informe de CISAC aquí 🙂

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