Becas y Ayudas

Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario

Beneficiarios


Sector cultural en su conjunto.

Tipo de medidas específicas


  • Prestación por desempleo para artistas de espectáculos públicos.
  • Medidas para facilitar el acceso a la financiación y liquidez.
  • Flexibilización de plazos y requisitos de las ayudas a la producción de largometrajes (generales y selectivas) y cortometrajes.
  • Subvenciones a proyectos de artes escénicas, música y estructuras culturales.
  • Apoyo a la exhibición cinematográfica.
  • Deducciones fiscales por mecenazgo e incentivos a la producción audiovisual.
  • Apoyo al sector del libro y a las bellas artes

Prestación por desempleo para artistas

Las y los profesionales incluidos en el Régimen General de Artistas en espectáculos públicos que, como consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19, no puedan continuar realizando su actividad laboral, podrán beneficiarse de una prestación por desempleo, aunque no cumplan con el periodo mínimo de cotización o no estén en situación legal de desempleo.

La duración de la prestación estará en función de los periodos cotizados el año anterior a encontrarse en situación de desempleo. Estos periodos tienen que sumar un mínimo de 20 días cotizados en el año anterior, y los ingresos por esos días han de ser superiores a 2 veces el salario mínimo interprofesional.

Esta medida tiene carácter excepcional, se aplicará únicamente en los periodos de inactividad durante el año 2020 provocados por la crisis sanitaria y será incompatible con otros ingresos.

Medidas para facilitar el acceso a la financiación y liquidez

Con el fin de procurar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas y de mejorar sus condiciones de financiación, se inyectarán 20 millones de euros en la sociedad de garantía recíproca CREA -SGR.

CREA – SGR promoverá, en colaboración con las entidades financieras que deseen participar, avales para que las pymes del sector cultural puedan acceder a líneas de financiación bancaria por un importe total de 780 millones de euros. Además, los costes de apertura del aval, del 0,5%, serán financiados con cargo a la subvención.

Cada uno de los ámbitos del sector cultural (libro, bellas artes, artes escénicas, música, cinematografía, audiovisual,…) accederá a un mínimo de 40 millones de euros, pudiendo obtener liquidez inmediata y específica.

Flexibilización de plazos y requisitos de las ayudas a la producción de largometrajes (generales y selectivas) y cortometrajes

Las películas que sean beneficiarias de una ayuda general o selectiva tendrán ahora un plazo mayor para iniciar el rodaje, ya que éste no empezará a contar hasta que finalice el Estado de Alarma. Así mismo, se amplían los plazos para solicitar la calificación y el certificado de nacionalidad, notificar el fin del rodaje, acreditar los costes de la película, realizar el estreno comercial, declarar los ingresos y entregar la copia de la película en Filmoteca Española o de la Comunidad Autónoma correspodiente.

Además, las empresas podrán cobrar el 50% de la ayuda concedida, aunque no se haya comunicado el inicio de rodaje; se han reducido en un 50% el número de salas comerciales en las que se exige estrenar; se ha reducido el porcentaje que era necesario destinar a copias, publicidad y promoción; y los gastos subvencionables que hayan caído en saco roto como consecuencia de la crisis se seguirán reconociendo como gastos subvencionables.

De manera extraordinaria y hasta el 31 de agosto de 2020 se considerará también estreno comercial de una película cinematográfica el que se lleve a cabo a través de canales de televisión, plataformas o vídeo bajo demanda, eximiendo de la obligación del estreno en salas.

En cuanto a los cortometrajes, también se han visto ampliados los plazos para cumplir con las obligaciones derivadas de la ayuda, así como la consideración de gastos subvencionables para aquellos que, como consecuencia de la crisis, no hayan podido finalmente aplicarse al proyecto.

Subvenciones a proyectos de artes escénicas, música, estructuras culturales y salas de exhibición

En materia de subvenciones y ayudas públicas para actividades y proyectos culturales, se posibilita el abono de los gastos subvencionables realizados, cuando los proyectos o actividades no hayan podido llevarse a cabo, total o parcialmente, a causa de la COVID19.

A su vez, los profesionales del sector artístico van a poder percibir anticipos e indemnizaciones hasta el 30% en caso de aplazamiento o cancelación de las actuaciones contratadas con el sector público, siempre que los contratos no excedan de los 50.000 euros.

Se destinan 38,2 millones de euros para al sector de las artes escénicas (danza, teatro, circo) y música, que se convocarán en ayudas extraordinarias con carácter excepcional.

Gestionadas a través del INAEM, estas ayudas persiguen apoyar el  mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas y musicales, así como las actividades escénicas y musicales y los proyectos culturales.

Apoyo a la exhibición cinematográfica

Se crea un Fondo Social Extraordinario para apoyar la exhibición cinematográfica mediante la concesión de subvenciones a las salas de cine.

Las ayudas están destinadas a sufragar los gastos derivados tanto de la adaptación a las nuevas medidas sanitarias (plan de riesgos para trabajadores y público o compra de material como mascarillas, desinfectante, mamparas etc.) como de campañas y acciones destinadas a favorecer la visibilidad sobre la reapertura de los cines, así como las actuaciones que permitan aumentar la programación de campañas escolares, y la generación de un espacio publicitario para promoción y cine español en las salas, así como de campañas institucionales.

Las salas beneficiarias de la ayuda deberán cumplir con una cuota de pantalla para cine europeo del 30%.

Deducciones fiscales por mecenazgo e incentivos a la producción audiovisual.

Se han incrementado en 5 puntos porcentuales los incentivos fiscales al mecenazgo.

Así se podrá deducir el 80% de los 150 primeros euros invertidos en un proyecto, y el 35 % de la cantidad restante. Este último porcentaje de deducción se eleva al 40%, si en los dos ejercicios inmediatamente anteriores se hubieran efectuado donaciones por el mismo importe o superior a favor de la misma entidad.

Además, por inversión en producciones cinematográficas, se ha modificado el límite máximo de la deducción, que pasa de 3 a 10 millones.

La intensidad del porcentaje de ayuda, se ha incrementado para los casos de películas dirigidas por mujeres, directores nóveles, o personas con discapacidad, así como en el de películas rodadas en lenguas cooficiales, cortometrajes, documentales, animación, coproducciones europeas y con Iberoamérica y producciones con un especial valor cultural y artístico.

También se aumenta la deducción fiscal aplicable a un 30% para el primer millón tanto para producciones nacionales como extranjeras; se incluye a los cortometrajes en las deducciones fiscales; y se incrementa hasta 10 MM el importe de deducción.

Apoyo al sector del libro y las bellas artes

En el ámbito del libro, las ayudas extraordinarias van dirigidas a librerías independientes, para el mantenimiento de sus estructuras y de la cadena de suministro.

Estas nuevas ayudas se suman a la reducción del IVA de libros electrónicos y prensa digital del 21 al 4%, así como a la apertura en el día de ayer de las librerías con el sistema de cita previa.

En relación a las Bellas Artes, las ayudas se destinan a la promoción del arte contemporáneo español y la adquisición de arte contemporáneo español.

Los destinatarios de estas medidas incluyen a los artistas visuales, las galerías de arte, críticos y comisarios, así como la dotación para compras de arte contemporáneo español a través de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura y Deporte.

Otras ayudas

También se posibilita que las entidades de gestión colectiva de derechos de autor incrementen el porcentaje que destinan a acción asistencial. Igualmente, se han ampliado los plazos para los grandes eventos previstos como
Acontecimientos de Excepcional Interés Público del Xacobeo 2021, los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio o el V Centenario de la primera circunnavegación de Magallanes y Elcano y se han incorporado otros como el Plan Berlanga, puesto en marcha con motivo del centenario del nacimiento del cineasta; la Vuelta al Mundo a Vela Alicante 2021; la presencia de España como País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2021; el 175 Aniversario de la construcción del Gran Teatre del Liceu; y el Plan de Fomento de la ópera del Teatro Real.

Más información


Acceso al Real Decreto.

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