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Los músicos comparecen ante la Subcomisión del Estatuto del Artista defendiendo su espacio

Los músicos comparecen ante la Subcomisión del Estatuto del Artista defendiendo su espacio
 COMPARECENCIA DEL PRESIDENTE DE LA PDC y FEMA, JAVIER CAMPILLO, EN LA SUBCOMISIÓN DEL ESTATUTO DEL ARTISTA

Del trabajo de esta Subcomisión del Estatuto del Artista, Creador y Trabajador de la Cultura, la Plataforma en Defensa de la Cultura a partir de ahora PDC, espera, que se pueda resolver la situación de necesidad por la que en este momento muchos Autores y Artistas tienen que pasar al llegar a la vejez. Tras una vida de trabajo sus carreras profesionales son insuficientes para acceder a una pensión contributiva. Durante la vida profesional, los artistas y Creadores tienen una gran dificultad para acceder a las prestaciones por maternidad y riesgo en el embarazo, y sus familias, pierden con ellos el derecho a la protección farmacéutica o a la hospitalización no urgente cuando se encuentran de baja. No existen referencias que expliciten las enfermedades profesionales del sector, ni políticas que implementen el transito profesional para sectores de corta duración como la danza.

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Para la PDC es una prioridad la compatibilidad absoluta de las pensiones con los derechos de propiedad intelectual como pasa en la mayoría de los países de la Comunidad Europea y la devolución , con efecto retroactivo, de los importes de las sanciones que se han impuesto injustamente a compañeros escritores y músicos.

La Plataforma en Defensa de la Cultura y las diversas asociaciones profesionales y sindicatos que la componen entre las que se encuentran el Circo o los compañeros de las Artes escénicas multidisciplinares, han solicitado comparecer en esta Subcomisión con el objetivo de dar consistencia jurídica a las demandas de los sectores que la componen y para eso hemos solicitado diversos informes jurídicos, que se aportarán a está Subcomisión.

El esquema o índice del Proyecto del Estatuto del Artista, Creador y Trabajador de la Cultura está compuesto por diversos títulos que atienden a los diversos aspectos de la vida profesional de los artistas y los creadores, lo que los músicos hemos denominados cajas y nuestros abogados capítulos.

El esquema del Proyecto del Estatuto según la PDC y después de numerosas reuniones podría ser:

PREÁMBULO: Un texto conceptualizando la necesidad del Estatuto.

Entre los derechos de los Estados se menciona el de adoptar las medidas pertinentes para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus territorios, que pueden consistir, entre otras, en apoyar a los artistas, y a todos los que participen en la creación de expresiones culturales.

CONCEPTOS GENERALES: Objeto y objetivos del Estatuto.

Es por todo esto que sería oportuno, en primer lugar, escuchar a los profesionales para definir y analizar las problemáticas existentes y que pueden ser susceptibles de solución o mejora a través de la creación de un marco jurídico específico que tenga en cuenta las peculiaridades de este sector de actividad, y en segundo lugar, intentar formular algunas propuestas de mejora de la situación actual. Se debería optar por analizar la distribución de competencias para regular cada uno de los aspectos (competencia comunitaria / estatal / autonómica), dado que entendemos que todas las problemáticas planteadas requieren la atención de los diferentes Departamentos; Cultura, Trabajo , Hacienda, SS, con independencia del procedimiento que corresponda aplicar para dar forma a una u otra solución

DEFINICIONES: Finalmente, tenemos que entender al Artista, al Creador y Trabajador de la Cultura como sujetos de derechos y deberes mediante un régimen jurídico adecuado a las peculiaridades de sus actividades.

ARTISTA: Existe una recomendación relativa al Estatuto del Artista, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 27 de octubre de 1980 en Belgrado . Definiciones también en la RAE , AISGE y AIE.

CREADOR: Entidades de Gestión de Derechos de Autor- DAMA, SGAE.

TRABAJADOR DE LA CULTURA: Por definir.

DEL RÉGIMEN LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL: Teniendo en cuenta el Estatuto de los Trabajadores y como referencia el Real Decreto 1435/1985 introduciríamos de una forma evidente, el termino de asimilación al alta, opción ya existente en nuestra legislación de la que ya disfrutan otros regímenes especiales como el de trabajadores del campo o los del mar. El informe tiene una comparecencia en esta Subcomisión en la persona de la Sra. Doña Sara Carmen Mora García, abogada especialista en laboral, que explicará las posibilidades de reforma sobre las normativas de los:

  • TRABAJADORES POR CUENTA AJENA
  • TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
  • ENFERMEDADES PROFESIONALES.

DE LA REPRESENTATIVIDAD SINDICAL: Para garantizar el efectivo derecho de los y las profesionales de la cultura a estar debidamente representados sindicalmente y a participar activa y democráticamente en las negociaciones colectivas de su sector, tenemos en cuenta a los sindicatos mayoritarios en la persona de el Sr Don José María García González (Secretario general de la federación estatal de UGT de medios de comunicación y Cultura) y, el Sr Don Alejandro Casanovas Hernández (presidente de la confederación de artistas trabajadores del espectáculo) que explicarán las posibles reformas sindicales que afectan a los:

  • TRABAJADORES POR CUENTA AJENA
  • TRABAJADORES AUTÓNOMOS

DEL RÉGIMEN FISCAL DE LOS ARTISTAS: Tanto la compatibilidad de las pensiones con los derechos de propiedad intelectual , como la intermitencia, estará defendida por la la ponencia del Sr. Don Javier Andrade Cabello, abogado especialista en fiscalidad y propiedad intelectual, que por cierto no es un impuesto sino un derecho, y que abordará las posibles reformas para los:

  • TRABAJADORES POR CUENTA AJENA
  • TRABAJADORES AUTÓNOMOS
  • TRABAJADORES JUBILADOS

DE LA ENSEÑANZA DE LAS ARTES: La necesidad de la homologación de títulos universitarios y la de una FP que resuelva las enseñanzas artísticas tienen su comparecencia en la persona del Sr, Don José Fernández García, director de orquesta y miembro del consejo asesor de Música de la Comunidad de Madrid.

DE LA CUALIFICACIÓN Y TRANSICIÓN PROFESIONAL: Algunos sectores artísticos son de una corta vida profesional. La posibilidad de que exista una transición de acuerdo con las peculiaridades de los diferentes sectores que alarguen la vida profesional de los artistas, adaptándoles a nuevas formas de expresión y trabajo estará a cargo del Sr. Don Cesar Casares Parra ( experto para la comisión Europea en el programa ESCO. Clasificación Europea de cualificaciones competencias y ocupaciones.)

DE LA LIBRE COMPETENCIA: Las asociaciones Profesionales no pueden publicar Tarifas orientativas que cohesionen los sectores y a sus afiliados. Los diferentes sindicatos de guionistas ALMA y FAGA han sido sancionados por hacerlo. Para informar tanto de las soluciones como de los aspectos jurídicos del guion cinematográfico, comparecerá el Sr Don Ramón Rey García. Abogado de FAGA.

Otras comparecencias:

MÚSICA:

MIGUEL PÉREZ SOLÍS

  • Abogado especialista en Propiedad Intelectual.
  • Asesor jurídico de FILAE y AIE.

DANZA:

EMMANUEL BERRUEZO CHAVES (Manuel Segovia)

  • Coreógrafo, bailarín y director de la Cía. Ibérica de Danza.
  • Premio Nacional de Danza a la Creación- 2001.
  • Vicepresidente de la Asociación de Empresas de Danza en la Comunidad de Madrid, EMPRENDO DANZA.
  • Miembro del Consejo Internacional de la Danza CID-UNESCO.

GUIONISTAS:

ANA HORMAETXEA IBARBENGOETXEA

  • Presidenta de FAGA.

RODOLFO GINER CASADO

  • Vicepresidente de FAGA.

ARTISTAS PLÁSTICOS:

ISIDRO GÓMEZ APARICIO

  • Doctor en Bellas Artes.
  • Profesor titular en la Universidad de Granada.
  • Miembro del Instituto de Investigación de la Paz y los Conflictos.
  • Presidente de Unión de Asociaciones de Artistas Visuales (UAAV).

Y para terminar es esencial para los ciudadanos que los artistas disfruten de un régimen jurídico y de una consideración adecuada, que les permita desarrollar su creatividad en beneficio de toda la sociedad, en la medida en que es un derecho de todos acceder a la cultura y al desarrollo de sus capacidades creativas individuales y colectivas.

Enlazando con este derecho, así como con el deber de todas las personas de respetar y preservar el patrimonio cultural, hay que hacer mención del Convenio de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, del 20 de octubre de 2005. En el Preámbulo de dicho Convenio se establece expresamente la necesidad de incorporar la cultura como elemento estratégico en las políticas de desarrollo nacional, y se reconoce la importancia de la cultura para la libertad y cohesión social sociedades y el papel esencial que la creatividad cultural juega en el progreso de una sociedad inteligente.


Fuente: MUS 21.

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