Ámbito formativo
En este apartado se persigue, en primer lugar, analizar brevemente los contenidos artísticos de todos los niveles de la enseñanza en Cataluña, dando por sentado que, de su calidad y eficacia, dependerá la generación de públicos culturalmente competentes. En segundo lugar, y, de nuevo, de la calidad y la eficacia del sistema educativo dependerá la aparición de generaciones de artistas y creadores buenos y competentes. Este análisis del entramado educativo intentará ofrecer una tercera lectura en paralelo: la participación del artista y el creador en la docencia. Para acabar, se abordará la formación ocupacional y continua del artista y el creador.
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→ Las artes en la educación secundaria obligatoria
En el actual diseño curricular de la educación secundaria obligatoria (ESO) se otorga una importancia especial a los créditos instrumentales y tecnológicos, y se relegan a un segundo término los contenidos humanísticos. Materias como la música, la danza, las artes dramáticas, la expresión plástica y visual o el conocimiento de la historia y la contemporaneidad de las artes quedan sistemáticamente marginadas o ausentes.
La Ley orgánica 8/2013, del 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) mantiene la enseñanza de estas disciplinas como una asignatura dentro de los créditos opcionales dependiendo de la voluntad e iniciativa del cuerpo docente de cada centro y, en general, cuando se incluyen estas materias, se hace desde una perspectiva formal, evitando una lectura conceptual de la cultura artística. Otra carencia generalizada de las escuelas es que estas no disponen de aulas de música ni de artes visuales con las instalaciones adecuadas y los recursos y materiales necesarios para estas enseñanzas. La historia de las artes contemporáneas es la gran ausente del programa de la ESO.
A pesar de que en la ESO se reconoce la figura del profesor especializado, no siempre el docente tiene titulación en el ámbito artístico que enseña. La música o la expresión plástica y visual no cuentan con profesorado especializado y, a menudo, es impartida por un docente sin preparación específica. Hay que mencionar que el profesorado, en estos niveles de la enseñanza obligatoria, proviene del ámbito universitario (graduados en Educación Primaria —antiguo Magisterio—, en Musicología o Pedagogía en cuanto a la educación primaria obligatoria, y graduados en Educación Secundaria y/o graduados o licenciados universitarios en cuanto a la ESO).
→ El bachillerato de artes
Implantado en el curso 2008/2009, el bachillerato artístico se presenta en dos ramas o sistemas: el bachillerato de artes plásticas, imagen y diseño, y el bachillerato de artes escénicas, música y danza. Su duración es de cuatro años (entre los 16 y los 18 años), con dos ciclos de dos años. El bachillerato también se puede estudiar simultáneamente con las enseñanzas de música o danza en centros integrados. Pero hay que tener en cuenta que para acceder a estos centros debe superarse una prueba de aptitudes artísticas. Los expertos consultados valoran positivamente la implantación de los bachilleratos artísticos, que ha mejorado sustancialmente el nivel del alumnado que accede a los estudios artísticos superiores.
→ Las enseñanzas artísticas elementales y de grado profesional
Las enseñanzas artísticas de nivel elemental, hasta los 12 años, pueden ser musicales o de danza, pero no están reguladas y el alumno que las completa no obtiene ningún tipo de titulación, a pesar de que algunas materias, siempre que sean impartidas por escuelas autorizadas, se pueden convalidar para los estudios de ESO y Bachillerato. En cualquier caso, prepara al alumno para acceder al nivel siguiente.
Los estudios de grado profesional, de 12 a 18 años, están regulados y se imparten en dos modalidades: música y danza. Lógicamente, se tienen que compaginar con la ESO hasta los 16 años, y se pueden compaginar con el bachillerato.
→ Las enseñanzas artísticas superiores
Las enseñanzas artísticas superiores de régimen especial, no universitario, están reguladas por el Real decreto 1614/2009, del 26 de octubre, bajo la competencia del Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Cataluña, y tienen validez oficial.
Su objetivo es la formación de profesionales calificados en las diversas vertientes de las artes y la creación. En teoría forman parte del espacio europeo de educación superior, puesto que son equivalentes o equiparables a los estudios universitarios. Tienen una duración de cuatro años, comprenden 240 créditos (ECTS o Sistema europeo de transferencia de créditos) y se ofrecen en cinco modalidades: arte dramático, conservación y restauración de bienes culturales, danza, diseño y música.
La Sentencia reciente del Tribunal Supremo, del 12 de enero de 2012, en un contencioso instado por la Facultad de Bellas Artes de Granada, dispuso que las escuelas superiores de enseñanzas artísticas no puedan ofrecer títulos de grado, y que estos títulos queden reservados, exclusivamente, a las universidades. Así pues, la titulación de enseñanzas artísticas superiores es “equivalente” o “equiparable” a la titulación universitaria. Hay varias interpretaciones de esta sentencia y lo que para algunos es un mero cambio de nombre y una cuestión de “nomenclatura” sin más consecuencias prácticas, para otros, la limitación de una equivalencia o asimilación de los títulos puede suponer graves consecuencias, como:
- Excluir de las plazas de trabajo de la Administración pública o de cualquiera otro ámbito que exija una titulación superior.
- Provocar como consecuencia que los interinos con estas titulaciones del Departamento de Enseñanza no puedan puntuar para la docencia en la ESO y Bachillerato.
- Imposibilitar la homologación con el ámbito único europeo de educación.
- Impedir la movilidad de alumnado y docentes en el ámbito universitario y europeo.
- Denegar el acceso a las bibliotecas universitarias a las personas que tienen estas titulaciones.
- Evitar que se pueda acceder a estudios de doctorado.
Los primeros alumnos con la nueva titulación aparecerán a finales del curso lectivo 2013/2014 y algunas escuelas superiores se plantean la matriculación en una universidad como alternativa a esta situación.
En este punto, conviene poner de manifiesto algunos posicionamientos críticos que generan consenso entre los expertos y profesionales consultados, que coinciden en:
- Una progresiva disminución del alumnado matriculado en los últimos años.
- Contenidos alejados de la realidad y la práctica profesional del actor, el músico o el bailarín.
- Falta de contacto con la escena en vivo y con la industria cultural.
- Ausencia total de materias que atañen el futuro profesional, como, por ejemplo, fiscalidad, ámbito laboral, propiedad intelectual, contratación, etc.
Si bien una buena parte del cuerpo docente está formado por profesionales en activo (aspecto valorado positivamente), la actual crisis convierte el trabajo en precario y tiende a sustituir la relación laboral fija (contrato) por el docente autónomo que factura como externo.
→ Los estudios universitarios
El Plan Bolonia (2009) ha modificado las antiguas diplomaturas y licenciaturas universitarias por los actuales grados y posgrados o másteres, con el propósito de crear y homologar el espacio educativo europeo, favorecer la movilidad del alumnado y prepararlo de forma más eficaz para su inserción en el mercado laboral. Aun así, algunas voces críticas del sector consideran que:
- La hiperespecialización de los contenidos ha limitado la necesaria transversalidad del conocimiento.
- Se pone en cuestión la preparación académica o profesional de posgrados y másteres a favor de un interés curricular relativo.
- La falta de recursos reduce de forma drástica la contratación del profesorado asociado, que es una figura referente en las universidades artísticas internacionales.
- Persisten los planes de estudios y contenidos historicistas, de raíz retiniana.
- Faltan materias que preparen para el futuro profesional en su inserción en la escena artística y la industria cultural.
- La progresiva disminución de recursos para la investigación es otro hándicap para generar conocimiento.
- La combinación de todos estos factores rebaja el nivel de excelencia de las universidades, que pierden posiciones en los rankings internacionales.
Los estudios universitarios relacionados con las artes son: Bellas Artes, Diseño, Arquitectura, Historia del Arte y Filología.
→ La formación continua de los trabajadores y profesionales de la cultura
Los artistas, creadores y otros profesionales de la cultura se sitúan en un marco social y laboral poco determinado y bajo varios perfiles: trabajadores autónomos, autónomos dependientes, asalariados intermitentes, asalariados, empresarios autónomos, pequeños y medianos empresarios, etc.
En varias ramas de las artes y la creación no se detecta la clásica estructura patronal (empresarios) vs sindicato (trabajadores) y sí, en cambio, relaciones interprofesionales, de intermediación, de agencias y comisionistas, etc. Quizás esto explica por qué la defensa de los derechos e intereses profesionales de los artistas nunca ha interesado a los sindicatos representativos. Buena parte de las organizaciones sindicales y profesionales de las artes y la cultura aparecen al final de la dictadura, al emparo de las recientemente inauguradas libertades sindicales y de asociación, con una clara función de vertebración sectorial y desvinculadas de las principales centrales sindicales. Es el caso, por poner algunos ejemplos, de la Associació d’Escriptors en Llengua Catalana (1977), de la Federació Sindical d’Artistes Plàstics de Catalunya (1978 y después AAVC), de la Associació d’Actors i Directors Professionals de Catalunya (1981), etc.
Quizás esto explique el hecho de que las prestaciones sociales básicas que van dirigidas a activar procesos de mejora sectorial a través de la formación ocupacional o continua, tradicionalmente no hayan llegado al sector artístico o, cuanto menos, no han llegado a ser plenamente efectivas al no tener en cuenta, en su diseño, los detalles de sus condiciones laborales y profesionales. La formación continua es un instrumento para la mejora socioeconómica de un sector productivo o profesional que garantiza el derecho a la formación a lo largo de la vida laboral o profesional, así como la adaptación y la capacitación del trabajador a los cambios en los procesos productivos o, incluso, de reconversión sectorial. La actual regulación de este ámbito en nuestro país se hace a través del Consorcio de Formación Continua de Cataluña (CFCC).
El CFCC nace en 2004 en el marco del Servicio de Empleo de Cataluña y está integrado —como explican sus estatutos— “por la Generalitat de Cataluña, a través del Departamento de Trabajo, y por las organizaciones sindicales y empresariales que tienen la consideración de más representantes en el ámbito de Cataluña”. Su principal objetivo es la generación de un sistema de formación ocupacional y continua, y su primera y más importante fuente de financiación son “las transferencias consignadas en los presupuestos de la Administración general del Estado provenientes, entre otros, del ingreso de las cuotas de formación profesional continua de empresas y trabajadores en el ámbito de Cataluña” (estatutos del CFCC).
A pesar de que, como ya se ha dicho, algunas de las asociaciones profesionales de los artistas y creadores están constituidas al amparo de la Ley de libertad sindical, la actual regulación en la práctica las deja al margen de la gestión y los recursos del Consorcio.
En este sentido, algunas asociaciones han intentado un acercamiento a las centrales sindicales. La AAVC organizó conjuntamente con TRADE, de Comisiones Obreras la primera edición de su programa de formación continua (2007). Una experiencia piloto que obtuvo financiación puntual y de forma excepcional del entonces Departamento de Trabajo. La Asociación de Profesionales de la Danza de Cataluña lo intentó con la UGT, pero parece que las conversaciones no obtuvieron un resultado concreto.
No hay, pues, oferta pública de formación ocupacional o formación continua para aquellos profesionales que necesitan o desean reciclarse y obtener nuevos conocimientos y herramientas, y las únicas experiencias que se han dado en este terreno han sido impulsadas por algunas asociaciones profesionales con la financiación del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña y/o, en menor medida, de las respectivas entidades de gestión de derechos de autor.
Se detecta, en cambio, la necesidad de oferta en campos como, por ejemplo:
- El contrato del artista/creador. Modelos de contrato del artista/creador
- Derechos morales del autor. Derechos económicos del autor. Gestión de los derechos de autor (individual, colectiva, copyright, Creative Commons)
- El artista y el régimen especial de trabajadores autónomos. La adscripción del artista al régimen general de la Seguridad Social
- Riesgos laborales y prevención de accidentes
- Orientación para el inicio de la carrera artística profesional
- Comunicación y presentación de la trayectoria profesional artística
- Preproducción de los procesos artísticos (de la idea al producto)
- Incorporación de las TIC a los procesos creativos
- Construcción de la identidad digital del profesional de la cultura
→ La formación por sectores
Sector de la creación y la interpretación musical
La música forma parte de la educación general obligatoria (primaria y secundaria). Sin embargo, en los últimos años se ha quitado una de las dos horas lectivas semanales y ha pasado a ser una materia optativa (según criterio del centro docente), lo cual se interpreta como un empobrecimiento de la oferta educativa de los niños. En este sentido, la LOMCE deja las cosas como estaban.
A pesar de que la figura del profesor especialista en la educación primaria obligatoria (EPO) y en la educación secundaria obligatoria (ESO) está reconocida, se ha detectado que no siempre el docente está titulado en el ámbito musical y no siempre es músico. El profesorado en estos niveles de la enseñanza obligatoria proviene del ámbito universitario (graduados en Educación Primaria, en Musicología o Pedagogía) y lo designa el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Cataluña.
Los contenidos curriculares se han revisado últimamente, sobre todo lo referente a los conocimientos teóricos, pero hasta los 12 años se imparte muy poca práctica, una edad demasiado tardía para coger un instrumento. La enseñanza de un instrumento resulta cara, dado que es individualizada.
De hecho, la normativa prevé las escuelas integradas (que incorporan la música en su plan docente como eje transversal), pero en Cataluña solo hay dos: la escuela de la Escolanía de Montserrat (música) y la Escuela Oriol Martorell (música y danza).
Paralelamente a la enseñanza de régimen general obligatorio están las escuelas de música (enseñanza voluntaria). A primeros de los años noventa se produce una eclosión de las escuelas municipales de música financiadas a tres bandas por los ayuntamientos, la Generalitat y las matrículas del alumnado. El plan de escuelas de música del Ayuntamiento de Barcelona del año 2000, por poner un ejemplo, prevé una escuela por distrito. En los últimos años, la Generalitat ha reducido su financiación, factor que, junto con las dificultades económicas de los ayuntamientos, las ha llevado a externalizar su gestión o, incluso, a la privatización directa.
Los estudios superiores de música no tienen reconocimiento universitario o, dicho de otro modo, las enseñanzas artísticas no están vinculadas a la universidad y dependen, en el caso de Cataluña, del Departamento de Enseñanza de la Generalitat. La persona que los cursa, por lo tanto, nunca podrá obtener el título de doctorado, como máximo el de graduado. Los estudios superiores de música en Cataluña se imparten, según información consultada en la página Web de la Generalitat de Cataluña, en tres centros docentes de Barcelona: la Escuela Superior de Música de Cataluña, el Centro Autorizado de Grado Superior de Música Liceu y el Centro Autorizado de Grado Superior de Música Taller de Músics. Los estudios tienen una duración de cuatro años y suman 240 créditos.
Algunos interlocutores sostienen que los estudios musicales tienen un enfoque demasiado teórico, poco práctico, y que hay poco contacto con la música en vivo. Las agrupaciones de músicos (de un dúo a una orquesta sinfónica) son escasas, y se debería favorecer una formación profesional que capacite al alumno para la actuación en vivo o que le proporcione herramientas para el futuro desarrollo en ámbitos como la contratación, los derechos de autor, la fiscalidad, etc.
Los titulados lo son con el nivel de grado —que tiene convalidación a escala europea—, pero se trata de un título “absorbido” por los estudios universitarios, una condición impuesta —como se ha dicho anteriormente— por el recurso que la Facultad de Bellas Artes de Granada le ganó al Tribunal Supremo ante el Consejo de Universidades, que impide la plena equivalencia de las enseñanzas superiores de las artes escénicas en el ámbito universitario.
Los antiguos licenciados en Magisterio (hasta el año 2009) ahora son graduados en Educación Primaria. El Departamento de Educación dota a las escuelas de primaria de profesores especializados en música, pero no hay que ser músico para dedicarse a ello, y con un grado como el de Musicología y Pedagogía basta para ser docente de esta materia. En este sentido, la ausencia de músicos en el profesorado rebaja la calidad de la enseñanza en la EPO y la ESO.
El músico en activo se está formando constantemente, lo que no excluye la necesidad de una formación continua, sobre todo en aquellos aspectos olvidados por las enseñanzas artísticas como puede ser el conocimiento de los derechos de autor y su protección, o la docencia y la Pedagogía musical. Actualmente, estos vacíos los cubre, parcialmente, el Servicio de Desarrollo Empresarial del ICEC.
Sector de las artes escénicas: danza
La danza no forma parte de la educación de régimen general obligatoria. Según el colectivo profesional, esta puede ser una de las causas de la escasa consideración social y del público, actualmente minoritario, de los espectáculos de danza. Sin embargo, últimamente aparecen iniciativas de integración de la danza en materias cercanas como la educación física e incluso las matemáticas, en función del proyecto docente del centro educativo y/o del profesorado. Del mismo modo, se incrementa el interés de las asociaciones de madres y padres (las AMPA) para programar estos tipos de actividades extraescolares.
La danza se estudia en el bachillerato de artes escénicas, música y danza, en dos asignaturas teóricas, Anatomía Aplicada a la Danza e Historia de la Danza, que normalmente no son impartidas por profesionales de la danza ni titulados superiores, puesto que los estudios de danza no admiten evaluación en el caso de la docencia. Paralelamente, están las enseñanzas artísticas de régimen especial. La enseñanza elemental (hasta los 11 años) y la danza de grado profesional (de los 12 a los 18 años). Los estudios de un alumno en una escuela elemental o profesional reconocida se pueden convalidar con asignaturas (Educación Física) de la ESO y de Bachillerato.
Aparentemente, la LOMCE no modifica los bachilleratos ni las enseñanzas artísticas y, en cambio, ofrece más autonomía a los centros y los gobiernos autónomos competentes en estas materias, lo cual puede abrir nuevas oportunidades de mejora.
La enseñanza superior de danza o grado/titulación superior en danza (Pedagogía y Coreografía e Interpretación) en Cataluña se puede cursar en el Conservatorio Superior de Danza del Instituto del Teatro. Su título es “equivalente” al universitario, pero, sin embargo, no puntúa en varios casos. Recientemente, ha aparecido el Institute of the Arts Barcelona, en Sitges, que ofrece titulación de grado y posgrado (reconocido por la Universidad de Norwich del Reino Unido) en las artes escénicas en general.
Desde el momento en que se implanta la LOGSE (1990), los títulos de danza obtenidos anteriormente quedan invalidados. Desde aquella fecha, el Ministerio de Educación ofrece la equivalencia en la modalidad de Pedagogía o Coreografía y Técnicas de la Interpretación a los titulados antes de la LOGSE, pero solo a efectos de la docencia, y no se reconoce como título superior. La limitación que presenta la equivalencia tiene, según el sector, consecuencias como la exclusión de las plazas de trabajo de la Administración pública o de cualquiera otro ámbito que exija una titulación superior, la falta de reconocimiento de la homologación con el ámbito único europeo y la imposibilidad de realizar un doctorado a partir de estos estudios.
Las asociaciones del sector (APDC y ACPDC) reconocen que la mayoría de profesionales se ha formado y se forma en escuelas privadas, del país o en el extranjero, sin efectos de titulación académica, pero con un prestigio reconocido.
La red de escuelas de danza en Cataluña, más de 350, configura una oferta de calidad desigual a pesar de ofrecer una base importante de iniciación profesional y preparación para los estudios superiores. Alrededor de sesenta de estas escuelas han obtenido la autorización del Departamento de Enseñanza de la Generalitat, lo cual, como ya se ha explicado, permite convalidar alguna materia.
Por último, no hay oferta pública de formación ocupacional o formación continua para aquellos profesionales que necesitan o desean reciclarse y obtener nuevos conocimientos y herramientas. Anteriormente, las grandes compañías de danza se preocupaban de la formación de sus bailarines, pero esto ya no ocurre. La APDC abrió conversaciones con la UGT para incluir su oferta formativa en los programas de formación continua de esta central sindical, pero parece que esto no prosperó. Para cubrir o llenar ese vacío, esta organización ofrece cursos de gestión de proyectos, entre otros, que son financiados por las ayudas públicas y las matrículas de las personas inscritas.
Sector de las artes escénicas: interpretación
A diferencia de la danza o la música, la interpretación está excluida de la educación obligatoria (primaria y secundaria), puesto que no hay escuelas elementales ni profesionales de titularidad pública.
La docencia en el bachillerato de artes escénicas no la imparten titulados especializados, sino profesorado de otras materias poco o nada relacionadas con estas, lo cual repercute en la calidad de la enseñanza.
Del mismo modo, se detecta una falta de regulación formal de las escuelas de teatro, doblaje y cine similares a las de música y danza.
Sector de las artes literarias: escritura
La trayectoria profesional del escritor tiene sus inicios en la etapa formativa. La mayoría de los escritores afirma que empezó antes de los 25 años de edad. Sin embargo, la mayor parte de los profesionales se consideran autodidactas y son muy pocos los que atribuyen su formación como escritor o escritora a sus estudios universitarios. Hay talleres y cursos de escritura que no tienen ningún tipo de reconocimiento formal. Son pocos los profesionales en activo que reconocen haber cursado estos estudios, pero la oferta de estos cursos se ha incrementado en las últimas décadas, lo cual puede indicar una nueva manera de enfocar la formación del profesional de la escritura.
Muchos profesionales de la escritura se dedican a la docencia (maestros/as, profesorado de secundaria y universitario), lo cual determina su dedicación a la escritura que califican como “esporádica” o “intermitente”.
Los escritores profesionales están obligados a adscribirse al régimen especial de trabajadores autónomos y pagar sus cuotas mensuales. Sin embargo, y como pasa con el resto de profesionales de otros ámbitos de las artes y la creación, no tienen acceso a una oferta de formación profesional continua proporcionada por los recursos del FORCEM.
Sector de las artes literarias: guionistas
A pesar de estar inmersos en una sociedad audiovisual, es evidente la ausencia de asignaturas que estén relacionadas con ello en las etapas iniciales de la enseñanza obligatoria. Además, la mayoría de escuelas de guionistas o de cine no están reguladas, y esto las diferencia de las musicales o de danza.
A pesar de la creciente oferta no reglada (escuelas y workshops de guionistas), créditos en la enseñanza superior (comunicación audiovisual) y másteres específicos, sigue habiendo un alto porcentaje de guionistas autodidactas. La percepción general del sector profesional es que los contenidos educativos de esta oferta están alejados de la realidad profesional e industrial del sector.
Se detecta una falta de cursos de reciclaje o formación continua para los profesionales y, especialmente, de formación ocupacional para reducir el alto desempleo en el sector.
Sector de las artes visuales: artes plásticas y visuales
Como se ha comentado anteriormente, en el actual diseño curricular de la enseñanza secundaria obligatoria se otorga una importancia especial a los créditos instrumentales y tecnológicos, y se relegan a un segundo término materias como la expresión plástica y visual, y el conocimiento de la historia del arte, puesto que la LOMCE deja a la voluntad e iniciativa del cuerpo docente de cada instituto que se incluyan dentro de los créditos optativos.
Se valora positivamente la implantación del bachillerato artístico, que ha mejorado sustancialmente el nivel del alumnado que accede a los estudios artísticos superiores que se imparten en la Facultad de Bellas Artes de Barcelona (UB), en la red de escuelas superiores de arte y diseño de la Generalitat de Cataluña y en algunas de titularidad municipal (la Escuela Massana de Barcelona, la EMBA de Lleida, etc.). Sin embargo, los únicos estudios universitarios son los que se imparten en la Facultad de Bellas Artes de Barcelona. El resto de titulaciones son de grado artístico, con las mismas limitaciones que los demás grados artísticos (música, artes escénicas, danza…).
Con la aplicación del Plan de Bolonia, la antigua licenciatura de Bellas Artes se ha convertido en grado. Del mismo modo, la Facultad de Bellas Artes ha generado una oferta de cursos de posgrado con seis másteres, dos de los cuales inciden específicamente en la formación del artista visual: Creación Artística: realismos y entornos, y Producción e investigación artística. El máster Artes Visuales y Educación: un enfoque construccionista incide en las enseñanzas artísticas, el diseño urbano y la intervención del diseñador en la construcción del espacio público urbano.
La oferta de formación ocupacional o continua en las artes visuales, desplegada hasta ahora por la AAVC, sufre las mismas limitaciones de orden económico que otros sectores artísticos dado que no se beneficia de los recursos que el Departamento del Trabajo pone a disposición de las grandes centrales sindicales.
Sector de las artes visuales: ilustración
Hubo que esperar a 1995 para que la ilustración se incluyera en las especializaciones de la enseñanza artística definidas con la titulación de Técnico Superior en Ilustración (junto con las artes plásticas, diseño gráfico y fotografía artística) dentro de las enseñanzas de formación profesional II. Se trata, pues, de un grado superior de FP y no de un grado Bolonia de ámbito universitario. La excepción a esta norma es el caso de la Facultad de Bellas Artes de Madrid, que imparte un máster en Ilustración.
La falta de un grado superior trae consigo unas enseñanzas artísticas en ilustración, cómics y animación de solo dos años de duración, y muy alejadas de la realidad profesional e industrial del sector, algo que nos hace diferentes del resto de países europeos, que les dedican cuatro años, entre cursos comunes y específicos.
Fuente: El documento “36 propuestas para mejorar la condición profesional en el mundo de la cultura” ha sido elaborado por el Consell Nacional de la Cultura i de les Arts (CoNCA) con el asesoramiento jurídico de Brun i Guiu Advocats.
Editado por el Àrea de Coneixement del Consell Nacional de la Cultura i de les Arts (CoNCA) está sujeto a una licencia de Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional de Creative Commons. Se permite la copia, la distribución y la comunicación pública sin uso comercial, siempre que se cite la fuente.
Barcelona: 20 de junio de 2014
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