La lucha de la industria musical contra Napster – Parte 1: El ascenso a la fama de Napster
El 6 de Diciembre de 1999, la RIAA (Asociación de Industria Discográfica de Estados Unidos) demandó a la primera plataforma de intercambio de archivos Napster por una infracción en los derechos de autor (copyright). Este fue el comienzo de una campaña todavía en curso contra las prácticas relacionadas con archivos compartidos. Con ocasión del decimoquinto aniversario del pleito de la RIAA contra Napster, he querido volver a contar la historia de Napster, confiando en el libro de Josepth Menn “Todo el delirio: Auge y caída del Napster de Shawn Fanning” (link al libro en Amazon: http://www.amazon.com/All-Rave-Shawn-Fannings-Napster/dp/0609610937) del 2003, así como documentos legales y artículos de prensa.
Continúa leyendo:
- Industria Musical contra Napster#2. La guerra del expertise
- Industria Musical contra Napster#3. El juicio
- Industria Musical contra Napster#4. La lenta muerte de Napster
En la primera parte, subrayaremos del ascenso a la fama de Napster hasta el juicio que emprendió la RIAA.
Parte 1: El ascenso a la fama de Napster
Napster asciende a la fama
Los protagonistas de la tragedia de Napster, Shawn Fanning, Jordan Ritter y Sean Parker tenían unos 20 años, cuando Napster fue constituido como sociedad en 1999. Cuando se pusieron en contacto por Internet, a finales de los años 1990, los ficheros Mp3 de música estaban aún disponibles en varias plataformas online. Aun así, el número de ficheros disponibles era muy limitado. Shawn Fanning quiso cambiar esa situación insatisfactoria desde su punto de vista, y comenzó a programar un software que permitiera a los usuarios acceder a los discos duros de otros ordenadores de la red. Fanning presentó la primera versión beta a sus compañeros hackers en otoño del 1998. La tarea de Jordan Ritter fue la de mantener el servidor principal así como el servidor auxiliar. Sean Parker participó en la detección y eliminación de errores del software, y también de el planteamiento a inversores para la financiación (Menn 2003: 34-39)
La arquitectura fundamental del programa Napster aun existía a principios de 1999. Fanning dejó sus estudios en la Universidad Northeastern de Boston para centrarse en la finalización de la programación de Napster. Su tío, John Fanning, le ofreció su apoyo fundando una empresa para comercializar el software. En Mayo de 1999, Napster fue fundado. John Fanning era el principal inversor con un capital accionario del 70%, dejando tan sólo una participación minoritaria del 30% a su sobrino Shawn (ídem: 53-55).
Durante el verano de 1999, Yosi Amram fue el principal inversor quien aportó 250 mil dólares en la nueva compañía. A cambio, solicitó el traslado de Napster Inc. a su residencia de San Francisco y designó una junta ejecutiva, y un comité de dirección bajo su organización. (ídem: 84). Según Menn (2003: 100-103) el caos reinó en este periodo inicial. Nadie tenía ningún conocimiento de la industria musical y el sistema de derechos de autor. Los miembros de la junta ejecutiva discrepaban con la estrategia de Napster si esta indicaba mantenerse como una plataforma de intercambio de archivos sin ánimo de lucro, o un servicio de suscripción para música completamente autorizada. Ya que el tráfico de los servidores de Napster se había disparado desde unos pocos mil usuarios por día a más de diez mil en Junio de 1999, muchos ingenieros de software – ya mayoría de ellos estudiantes y adolescentes – tuvieron que ser contratados en poco tiempo. Napster había conseguido ser la aplicación informática con el crecimiento más rápido de Internet. No es de extrañar que los medios se dieran cuenta del fenómeno Napster. El primer artículo detallado, fue publicado en la revista tecnológica “Wired” el 1 de Noviembre de 1999. El autor ya se preguntaba si el modelo de negocio de Napster podría estar infringiendo las leyes de los derechos de autor. La directora Eileen Richardson aseguró que todas las normativas de copyright se cumplían “Vamos a seguir las leyes al pie de la letra, incluyendo la Ley del Milenio Digital sobre los Derechos de Autor (DMCA)… Napster es más bien una comunidad. No estamos interesados en que la gente haga nada ilegal” (Menn 2003:123)
La Asociación de Industria Discográfica de Estados Unidos (RIAA) mostró un panorama diferente. Se habían dado cuenta de la existencia de Napster, en el verano de 1999, cuando un comité anti piratería se encontraba realizando sus búsquedas rutinarias de ficheros Mp3 en las salas de chat (ídem: 161).
Frank Creighton, el jefe del equipo, abordó a John Fanning por email el 23 de septiembre de 1999, informándole de que el programa Napster podría estar infringiendo el copyright: “De forma consciente o inconsciente, su software aunque sea interesante tanto para los consumidores como para los productores de discos (incluyendo potencialmente nuestros miembros), desgraciadamente facilita en muchos casos la publicación no autorizada de grabaciones de nuestros miembros.” (ídem 163). Creighton invitó a Fanning a participar en un “diálogo que beneficie a ambas partes” (ídem: 162) para resolver el problema. Fanning malentendió la amabilidad de Creighton creyéndolo debilidad, y pensó que la RIAA estaba echándose un farol y realmente no tenía pruebas de un comportamiento de infracción de derechos de autoría de Napster. De este modo, Fanning se la jugó y ni siquiera contestó al email de Creighton. Cuando el jefe del equipo anti piratería escribió de nuevo en Octubre, Fanning respondió de forma educada, pero le remitió a la directora de Napster Eileen Robertson. Ella, sin embargo continuó con su estrategia de demora, esperando que el número de usuarios de Napster creciese para poder tener una mejor posición de negociación con la RIAA (ídem: 163).
La denuncia
A finales de Octubre, la presidenta de la RIAA Hilary Rosen, estaba al límite de su aguante. Escribió a los abogados de la RIAA para comenzar una investigación contra Napster y para emitir una queja por infracción del copyright. El 15 de Noviembre de 1999, la revista “Wired” informó que la RIAA pretendía demandar a Napster. Una portavoz de la RIAA fue mencionada en la revista tecnológica: “Hemos realizado varios intentos durante las últimas semanas de comunicarnos con Napster (…) desafortunadamente, nuestras peticiones de una reunión urgente no han sido tomadas en serio. No tenemos otra opción que promover el litigio”. La directora de Napster, Eileen Robertson alegó que la RIAA mentía: “Ella, [Robertson] dice que se ha comunicado con la RIAA a través de un contestador de voz, y que dejó su último mensaje hace diez días. Añadió que Napster está completamente interesado en reunirse con la RIAA”.
El 6 de Diciembre de 1999, la RIAA demandó a Napster por infracción en el copyright en la Corte del Distrito de San Francisco. En el párrafo 44 de la querella, Napster era acusado de piratería a gran escala “En claro contraste con las empresas legítimas, Napster no está desarrollando un negocio legítimo de archivos musicales Mp3, sino que ha elegido construir un negocio pirata a gran escala. Napster busca la rentabilidad promoviendo y facilitando la distribución y reproducción de millones de archivos Mp3 ilegales. Además, deliberadamente se niegan a conservar ninguna información sobre sus usuarios con objeto de imposibilitar la aplicación de la ley de derechos de autor, creando así Napster un santuario virtual donde la piratería puede y de hecho florece a escala monumental.” (A&M Records Inc. contra Napster Inc. : 12).
En el párrafo 46 , los abogados de la RIAA detallan cómo funciona el software Napster: “(…) Napster provee a sus usuarios (sin coste) el programa “MusicShare”, propiedad de Napster. Este software permite a los usuarios conectarse con sus ordenadores a una plataforma de servidores mantenido por Napster, y actuar recíprocamente de forma ininterrumpida con el software del lado del servidor desarrollado y mantenido por Napster en sus servidores. Usando el programa MusicShare, una vez que se conecta con los servidores de Napster, el usuario puede elegir cuales de los archivos Mp3 almacenados en el disco duro de su ordenador, quieren poner a disposición para que sea copiado por otros usuarios. Napster entonces realiza un inventario de los archivos música que cada usuario ha designado y combina y organiza una lista de todas esas canciones en una amplia base de datos y directorio, el cual es mantenido por en los servidores de Napster y los cuales Napster pone a disposición para todos los usuarios.” (ídem:13) La descripción remarca la arquitectura de un servidor central de Napster, lo cual jugó un papel principal en el subsiguiente juicio provisional contra Napster – el juicio sobre infracción del copyright, no obstante, nunca tuvo lugar.
La denuncia de la RIAA, centró la atención del mundo entero en Napster. Cada día los periodistas se acercaban a los dirigentes de Napster, para comentar la demanda y para explicar su propia postura. Los artículos de portada internacionales, crearon una propaganda de Napster que multiplicó su publicidad. A principios de 2000, Napster era la marca más conocida del negocio musical.
Músicos a favor y en contra de Napster.
También los músicos tuvieron que tomar partido. El miembro de la banda “Public Enemy” Chuck D. elogiaba a Napster en un artículo editorial para el New York Times. Radiohead, Courtney Love, Madonna, Dame Matthews, Moby y Limp Bizkit también apoyaron a la plataforma de intercambio de archivos P2P con sus comentarios en los medios. La RIAA sin embargo, también presentó a “sus” músicos como Eminem o Peter Gabriel quienes hablaron en contra de Napster (Menn 2003: 140-141).
Los críticos más destacados fueron los miembros de la banda de heavy metal Metallica. Metallica denunció a Napster en Abril del 2000 por infracción repetida de los derechos de autor de sus canciones. Además, la Universidad de Yale, la Universidad de Southern California (USC) y la Universidad de Indiana fueron demandadas por la banda, ya que desde dichos lugares, no se bloqueó a sus estudiantes el acceso a Napster. A principios de Mayo del 2000, el abogado de Metallica además del batería y líder Lars Ulrich se presentó en las oficinas de Napster en San Matteo para exigir el cierre de Napster (Menn 2003: 144-145). Entregaron al comité ejecutivo de Napster más de trece cajas con 335.435 nombres de usuarios de Napster que estaban ofreciendo las canciones de Metallica en la plataforma de intercambio de archivos P2P, y exigieron el bloqueo inmediato de las cuentas de dichos usuarios. Acto seguido, Napster bloqueó a 317.377 usuarios el 10 de Mayo, para demostrar su voluntad de cooperación. Los usuarios bloqueados, sin embargo, se registraron de nuevo bajo otro nombre, y por tanto, sortearon estas medidas de bloqueo. Así que, Metallica y el rapero Andrew Young también conocido como Dr. Dre demandaron a Napster a finales de Abril, y solicitaron a Napster el bloqueo de 239.612 cuentas de usuario que estaban infringiendo su copyright.
La presentación de pruebas
En Abril del 2000, cincuenta computadoras centrales tuvieron que ser conectadas para hacer frente al crecimiento exponencial de las peticiones de peticiones de búsqueda. El crecimiento también llevó a una crisis de liquidez y los ejecutivos de Napster debían encontrar inmediatamente inversores que pudieran proveer de fondos, a pesar de la demanda en curso.
John Fanning, no obstante, también era un obstáculo. Cada vez que el trato con un socio capitalista parecía cerrado, Fanning vetaba por temor a perder terreno. Finalmente, los “Hummer Winblad Venture Partners” estaban dispuestos a invertir 14,5 millones de dólares en Napster. John Fanning aceptó el trato pues pudo mantener su silla en la junta. Sin embargo perdió su derecho a veto a cambio del crecimiento del 15% del capital. De este modo, Hummer Winblad controló el 20% de las acciones con derecho a voto, y tuvo el control total de Napster. Eileen Richardson fue sustituida como directora por el abogado experto en copyright Hank Barry, ya que su pericia era vital para el juicio inminente. (Menn 2003: 211-214).
La estrategia de Barry era definir Napster como un proveedor de servicios, que la situaría en “puerto seguro” gracias a la Ley del Milenio Digital sobre los Derechos de Autor (DMCA). Dicha ley garantiza la limitación de responsabilidad para las infracciones al derecho de autoría “(…) por transmitir, enviar o proveer conexiones para los archivos mediante un sistema de conexión controlado y manejado por un proveedor de servicios”. Aun así, la juez de distrito Marilyn Hall Patel dispuso el 5 de Mayo de 2000 que Napster no era un proveedor de servicios de Internet (ISP) ya que no transmitía o enviaba los archivos de música, pues eran directamente compartidos entre los usuarios. Por otra parte, Napster omitió detener la infracción de copyright por mucho tiempo. Las medidas contra los comportamientos infractores, no se tomaron hasta que la RIAA ya había demandado a Napster en Diciembre de 1999. Y las direcciones IP infractoras, no fueron bloqueadas, tan sólo se cambiaron los códigos de acceso. Esta sentencia fue un duro revés para Napster. Su situación legal se tambaleó hasta los cimientos. En el siguiente juicio, Napster debía temer una sentencia preliminar que les obligara a cerrar su red de uso compartido de archivos.
En Mayo del 2000, la presentación de pruebas de la acusación comenzó. Esto incluía una audiencia de testimonios de los abogados de la acusación. Russell Frackman quien lideró la demanda contra Napster, dirigió sus argumentos a resaltar que Napster había establecido una empresa con ánimo de lucro que no sólo toleraba la infracción al copyright por sus usuarios, sino que además les alentaba a quebrantar la ley. El co-fundador de Napster Sean Parker había entregado la “pistola humeante” (prueba incriminatoria). En un email dirigido a Shawn Fanning, escribía “(…) ellos [la gente de la RIAA] no sólo está viendo que ponemos a disposición música pirateada, también están insistiendo en demandarnos” (Menn 2003: 230). Este email fue presentado a Parker por una asistente de Franckman como prueba final de que los ejecutivos de Napster estaban al tanto del la promoción del comportamiento infractor del copyright.
Para los abogados de la RIAA, el caso era claro cristalino. Napster estaba infringiendo la ley de propiedad intelectual a gran escala. Además, presentaron demanda preliminar el 12 de Junio de 2000 que podría desembocar en el cierre del servicio.
(Texto traducido por Gema Vau desde: https://musicbusinessresearch.wordpress.com/2014/12/06/the-music-industrys-fight-against-napster-part-1/)
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