En términos generales, la recaudación por copia privada están suponiendo una fuente de ingresos creciente en términos globales.
La copia privada es una excepción al derecho de reproducción que permite a las personas hacer una copia de una obra creativa para su propio uso personal, no comercial.
Para remunerar al creador del trabajo, se impone un gravamen a los medios y dispositivos en blanco con facilidades de almacenamiento que permiten la copia.
Recaudación por copia privada a nivel global
A nivel mundial, la copia privada genera recolecciones según la CISAC de 484 millones de euros, una cifra que ha crecido un 33,3% interanual y un 141% desde 2013.
La música, el sector más grande en este ámbito supone el 70,6%, creciendo un 28,4%.
Los aumentos en repertorios audiovisuales, visuales y dramáticos se ubicaron en los 57,3%, 29,6% y 26% respectivamente.
El impuesto de copia privada es una fuente importante de ingresos para aquellos creadores que son capaces de recibirlo.
Esto es especialmente cierto en los países donde dominan los formatos físicos pero donde el entorno de copyright es débil.
En algunos países africanos, la copia privada constituye más de la mitad de los ingresos de la sociedad local. Lo compensa el 14,1% de las recolecciones de la región en su conjunto.
La copia privada demuestra un enorme potencial de crecimiento en países donde se implementa efectivamente en los últimos años.
En Alemania, un acuerdo retroactivo que extendió la gama de dispositivos sobre los que se realiza el gravamen, dio lugar a una casi duplicación de los ingresos de copia privada.
En Marruecos una reforma legislativa impulsó un importante aumento de los ingresos para creadores, que aumentaron a más de 4 millones de euros en 2017.
A pesar de este crecimiento, la copia privada aún representa el 5,1% de las recaudaciones globales, en gran parte debido a la inadecuada legislación e implementación.
En octubre de 2017, la CISAC elaboró un estudio integral del sector, el cual reveló que sólo 74 países tienen leyes vigentes para reconocer la copia privada, y entre ellos, solo 38 han implementado un sistema efectivo de colección.
Distribuciones de los pagos a los creadores
Además de los pagos directos a los creadores, más de 50 millones de euros anuales se utilizan para ayudar a los creadores a través de actividades culturales, educativas y proyectos sociales.
Pequeñas partes de las distribuciones se utilizan para invertir en una gran variedad de actividades, por ejemplo, en Francia, Alemania, Italia, los Países Bajos y Suiza.
Los gravámenes por copia privada tienen un papel clave que desempeñar en el ámbito digital.
La clave para desbloquear su potencial es una legislación adecuada, una correcta aplicación de la ley, y mecanismos efectivos de recolección.
Beneficios del derecho de reventa
El derecho de reventa ha crecido en importancia en la década pasada, y ahora representa más de una quinta parte del total mundial. Las recuadaciones para el repertorio de artes visuales han aumentado en 43 millones de euros según señala la CISAC.
Los derechos de reventa cumplen un propósito fundamental para los artistas visuales, permitiéndoles una pequeña parte de los ingresos cuando sus obras son revendidas por casas de subastas y galerías.
Más de 80 países han introducido el derecho y las discusiones avanzan en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) para extender el derecho de beneficiar a los artistas a nivel internacional.
Un nuevo estudio realizado por la OMPI ha aportado algunas nuevas perspectivas sobre los beneficios del derecho de participación.
Está escrito por Joëlle Farchy, profesora de la Universidad de Paris I, Panthéon-Sorbonne en Paris, con Kathryn Graddy, Decano de la Escuela Internacional de Negocios Brandeis y Fred, y Rita Richman, distinguida profesora de Economía en la Universidad Brandeis en Boston. Titulado «The Economic Implications of the Artist’s Resale Right«, fue presentado por primera vez en el Comité Permanente de Derechos de Autor de la OMPI y derechos conexos (SCCR) en noviembre de 2017.
Derechos de reventa: Estudios de casos
El estudio ofrece una imagen detallada sobre la evolución del mercado global del arte y analiza las consecuencias económicas del derecho de participación, en particular sobre los precios de las obras.
El estudio se enfocó en varias áreas observando en primer lugar la teoría económica y el contexto de los derechos de reventa, para a continuación según puede verse en el estudio señalado, proporcionar un resumen del trabajo académico con datos y análisis econométricos, y por último se aportan estudios de caso del derecho de reventa en el Reino Unido, África y Australia.
En general, no se encuentra ninguna disminución en los derechos de reventa.
Los autores del estudio señalan que el derecho de reventa, que asocia al creador con la vida económica de su obra en el tiempo, aparece como un derecho específico para artistas gráficos y visuales que producen obras originales únicas o trabajos impresos en una serie limitada y numerada.
El mercado global del arte está altamente concentrado, con algunos países que controlan la mayor parte del negocio del arte.
Los mercados de arte de subastas más grandes del mundo son China (38% en 2016), los EE. UU. (28%), el Reino Unido (17%) y Francia (5%), según el estudio.
Dos de estos países, Francia y el Reino Unido, tienen una disposición en la ley sobre la reventa, y ambos son miembros de la Unión Europea, en el momento de la adopción de dicha normativa, que adoptaron en 2001, correspondiente a la directiva sobre el derecho de reventa para beneficio del autor de un trabajo artístico original (2001/84 / EC).
Francia lidera los derechos de reventa
Francia representa el 21,1% de las recolecciones de derechos de reventa en todo el mundo, por lo que es el segundo recaudador más grande a nivel mundial.
El concepto de reventa en Francia se remonta a finales de los años 1800; la noción de droit de suite se introdujo por primera vez en Ley en 1920.
La sociedad francesa de artes visuales ADAGP continúa una larga tradición como pionero para los artistas visuales al ser un defensor vocal de la campaña para la reventa justo en el escenario global.
Reino Unido pagó 74 millones de euros a un total 5.000 artistas.
En el Reino Unido, el derecho de reventa se introdujo en 2006 y en 2012 sus beneficios se extendieron a herederos de artistas.
En total, desde 2006, Design and Artists Copyright Society del Reino Unido (DACS) ha pagado derechos de reventa por un montante de más de 65 millones de libras esterlinas (74millones de euros) a casi 5.000 artistas.
Investigadores del citado estudio como Farchy y Graddy observaron la evolución del mercado del arte en el Reino Unido, a través del negocio de las casas de subastas y los vendedores de arte.
«El estudio muestra, especialmente en el Reino Unido, que el derecho de reventa no parece haber tenido un impacto en el mercado del arte. Los artículos son únicos, y los compradores no piensan en la reventa justo cuando quieren adquirir una obra de arte «, explica Graddy.
El mercado australiano de la reventa
En su análisis del mercado australiano, que introdujo la reventa en 2010, Farchy y Graddy demostraron que tuvo un impacto significativo en los medios de vida de los artistas australianos, en particular los artistas aborígenes, quienes valoraron los beneficios del derecho de reventa.
Artistas dijeron a los investigadores que el derecho de reventa supone un pago interesante para que los artistas se preocupen por el seguimiento de sus obras.
Para los artistas, [la reventa de derechos] es importante y puede aumentar su productividad a través de su compromiso con su trabajo.
En un mercado donde el segmento de más rápido crecimiento es la posguerra y las obras contemporáneas, el derecho de participación tiene el potencial para entregar regalías significativas a artistas visuales, como lo demuestran las cifras en el Reino Unido y Australia.
Farchy y Graddy concluyen su informe afirmando que “En general, los artistas están abrumadoramente a favor de los artistas. La mayoría cree que es un asunto moral; los artistas deberían compartir la rentabilidad de su trabajo, al igual que otros creadores «.