Aqui tenéis nuevas ayudas y subvenciones para música, en concreto, las bases para la 1ª Convocatoria de Ayudas a Socios de la SGAE para 2018.
En esta convocatoria el total de las ayudas tendrá una cuantía de 35.000 euros
Bases Ayudas a Viajes Para Promoción Internacional de Música 2018
Primera: solicitantes
La Fundación SGAE estudiará las solicitudes de ayudas presentadas por autores y editores socios de la SGAE que desarrollen su actividad principal en la composición o escritura de letras en el campo de la música contemporánea y sinfónicas como en los del pop, rock, jazz, músicas para el audiovisual, electrónica, flamenco, world music, experimental, hip hop, etc., o en la edición musical. Se admitirán solo proyectos realizados por un solo autor.
Un mismo autor o editor no podrá recibir más de una ayuda a viajes en el mismo año.
Segunda: tipología de los proyectos
Serán susceptibles de participar en esta convocatoria los proyectos enviados por los solicitantes que cumplan con la cláusula primera de estas Bases y que contemplen la presencia del autor en un festival, certamen, feria, mercado u otro tipo de evento orientado a la promoción internacional de su obra y que se celebre en un país distinto al de la residencia del autor. Esta ayuda no contempla la realización de actuaciones musicales.
El proyecto deberá ser presentado acompañado de una descripción del mismo y un cronograma detallando la fecha y lugar de celebración del evento. El proyecto debe ir acompañado de la documentación necesaria que demuestre la participación del autor o editor en el evento. El proyecto debe realizarse entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2019.
Un mismo proyecto no podrá ser presentado en más de una convocatoria de la Fundación SGAE.
Tercera: aportación de la Fundación SGAE
La cuantía máxima atribuible a cada solicitud no podrá superar los 2.000 € (impuestos incluidos). El pago se realizará conforme a lo establecido en la cláusula octava de estas mismas Bases, mediante un documento de pago vinculado al convenio y aplicando las oportunas retenciones de IRPF.
Cuarta: documentación
Las solicitudes deberán contener la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
- Copia del DNI/NIE/Pasaporte.
- CV del solicitante.
- Descripción del proyecto para el que se solicita la ayuda y cronograma.
- Presupuesto detallado de costes.
- Cartas de invitación, certificación de la participación, etc.
- Certificación de la colaboración de otras entidades, en su caso.
- Autorización firmada por el solicitante a favor de la Fundación SGAE para que ésta pueda
hacer uso de sus datos de carácter personal en el marco de esta convocatoria.
Quinta: criterios de evaluación
Para la evaluación de los proyectos recibidos, se valorarán especialmente aquellos aspectos recogidos en el Plan Director de la Fundación SGAE (que puede consultarse en la página web de la Fundación), entre los que podemos destacar, a estos efectos, los siguientes:
- Facilitar la relación de la autoría con el conjunto de la sociedad, promover la pedagogía
social sobre el derecho de autor e impulsar el acceso a la cultura. - Fomentar las nuevas expresiones artísticas y los proyectos multidisciplinares en el
conjunto del repertorio sobre el que trabaja la Fundación SGAE. - Colaboración con otras instituciones y organizaciones.
- Fomento de la participación de las autoras.
Además, se tendrá en cuenta la viabilidad del proyecto acorde a los presupuestos presentados,
la potencial repercusión socio-cultural del mismo y la eficiencia en la aplicación de los recursos
aportados, si fuera el caso, por estas ayudas.
Sexta: presentación de solicitudes y plazo
1. El formulario de solicitud estará disponible en la web de la Fundación SGAE www.fundacionsgae.org. Deberá usarse el formato electrónico del formulario, siendo necesario rellenar todos los campos. La Fundación SGAE acusará recibo de todas las solicitudes y notificará a aquellos que no presenten toda la documentación exigida los
documentos que falten. Las solicitudes que no aporten la documentación solicitada en las presentes Bases tendrán un plazo máximo de quince días para la subsanación desde la notificación correspondiente.
2. El plazo de presentación de las solicitudes para la convocatoria 2018 de ayudas a viajes para la promoción internacional de la música se iniciará el lunes 15 de enero y se mantendrá abierto hasta las 24:00 del viernes 30 de noviembre. Las solicitudes recibidas fuera de dicho plazo serán desestimadas.
3. Las solicitudes recibidas se irán evaluando periódicamente, resolviéndose y publicitándose oportunamente en la web de Fundación SGAE.
Séptima: procedimiento y resolución de solicitudes
- Un Comité de Evaluación se encargará de estudiar y evaluar las solicitudes que cumplan
los requisitos indicados en estas Bases. - El Comité decidirá la concesión de las ayudas y su resolución será comunicada a todos
los interesados por escrito. - La resolución del Comité será inapelable.
- En el supuesto de resolución positiva por parte del Comité la documentación aportada
pasará a formar parte inseparable del convenio que se suscribirá entre las partes y no
se devolverá.
Octava: formalización de la colaboración
La Fundación SGAE y el solicitante cuyo proyecto haya sido aprobado, suscribirán un convenio de colaboración específico que habrá de contener, necesariamente, las Bases establecidas en el presente documento y la información que enumeramos a continuación, a título enunciativo:
- Derechos y obligaciones de cada una de las partes.
- Plazo de inicio y finalización del proyecto.
- Importe de la ayuda concedida.
- Forma de pago.
- Seguimiento del proyecto (informe, evaluación, material donde se incluya la imagen corporativa de la Fundación SGAE y memoria final).
El convenio será formalizado con el solicitante de la ayuda, que debe cumplir con lo expuesto en la cláusula primera de estas Bases.
Novena: deber de confidencialidad y protección de datos personales
Toda la información que las partes suministren en la gestión del proyecto tienen carácter confidencial y no podrán ser revelados a terceros ni utilizados para fines distintos a los establecidos, salvo las excepciones establecidas por la legislación vigente.
Los datos de carácter personal que voluntariamente faciliten los solicitantes se incorporarán en un fichero cuyo responsable es Fundación SGAE, que será notificado al Registro General de Protección de Datos de la AEPD. El titular del Derecho Fundamental a la Protección de Datos Personales cuenta con los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.
Para ejercerlos puede dirigirse por escrito a: Fundación SGAE, a la atención del Director General, calle Bárbara de Braganza, 7, 28004 Madrid.
Fundación SGAE presume que los datos facilitados por el afectado son veraces y responden a su situación actual. El afectado se obliga a comunicar su modificación desde el momento en que se produzca.
Décima: normas generales
1. El solicitante incluirá el logotipo de Fundación SGAE en la promoción que realice del proyecto, tales como publicidad, carteles, catálogos, folletos y otros análogos.
2. La presentación de la solicitud por parte del solicitante implica la aceptación tácita de éste de las condiciones y Bases establecidas en el presente documento y conlleva la autorización del solicitante para que la Fundación SGAE pueda difundir información de la ayuda prestada en sus Memorias y demás publicaciones. En caso de incumplimiento de alguna de las condiciones reflejadas en las citadas bases, Fundación SGAE no procederá a
ingresar el importe por la ayuda concedida y en caso de haber realizado el ingreso el seleccionado deberá hacer la devolución del importe recibido a partir del momento que Fundación SGAE le comunique de dicho incumplimiento.
3. El solicitante exime a Fundación SGAE de cualquier responsabilidad derivada de cualquier transgresión de la legislación vigente en que pudiera incurrir el solicitante respecto de la realización y desarrollo del proyecto.
4. Fundación SGAE no adquiere, en virtud de este contrato, ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria en relación con la realización y desarrollo del proyecto distinta de la aportación concedida.
5. La legislación aplicable al presente documento es la española y las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid capital, renunciando al fuero que pudiera corresponderles.
Formulario de inscripción
Para más información: informacion@fundacionsgae.org
Fuente: http://www.fundacionsgae.org/