Director/a de Escuela Superior de Arte Dramático de Barcelona

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Descripción

Proceso de selección de nombramiento y cese de Director/a de las Escuelas Superiores del organismo autónomo Instituto del Teatro de la Diputación de Barcelona.

Responsabilidades

A continuación se detallan las funciones y atribuciones de la Dirección:

Dirección pedagógica

La Dirección asume la responsabilidad general de la actividad de la escuela y vela por la coordinación de su gestión, así como para la adecuación de ésta a la línea docente de la escuela, aplicable al proyecto de actividades docentes y en la programación general.

Así pues, la Dirección es la responsable del correcto desarrollo del proyecto de dirección.

La dirección de la escuela debe responder del grado de consecución del proyecto de dirección y debe dar cuentas a la comunidad académica y los órganos institucionales.

La dirección pedagógica consiste en:

a) Dirigir y coordinar todas las actividades de la escuela.

b) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados de la escuela y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de su competencia.

c) Formular y presentar al Claustro del Profesorado y al Consejo de Escuela la propuesta inicial de proyecto de dirección y, en su caso, las posteriores modificaciones y adaptaciones.

d) Velar por la aplicación de los planes docentes, garantizar su cumplimiento y intervenir en su evaluación.

e) Dirigir y asegurar la aplicación de los criterios de organización pedagógica y curricular, así como de los procedimientos de inclusión, y de todos los demás planteamientos educativos, de acuerdo con su concreción en el proyecto de dirección.

f) Garantizar que el catalán sea la lengua vehicular de la educación, de la administración y de la comunicación utilizada normalmente en las actividades de la escuela.

g) Coordinar el equipo directivo y orientar, dirigir y supervisar todas las actividades de la escuela de acuerdo con las previsiones de la programación general anual, con la colaboración del equipo directivo, y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del Profesorado y al Consejo de Escuela.

h) Impulsar de acuerdo con los indicadores de progreso, la evaluación del proyecto y del funcionamiento general de la escuela.

e) Impulsar, de acuerdo con procedimientos establecidos en el Sistema de Garantía Interna de la Calidad, la evaluación del funcionamiento general de la escuela.

j) Participar en la evaluación del ejercicio de las funciones del personal docente y del otro personal destinado a la escuela.

k) Impulsar la coordinación del proyecto con los otros centros, escuelas y ámbitos de la institución, así como impulsar la relación con otros centros o instituciones de ámbito nacional e internacional para crear redes que hagan posible actuaciones conjuntas.

Funciones de representación

La dirección, en el ejercicio de sus funciones, tiene la consideración de autoridad pública y goza de presunción de veracidad en sus informes y de ajuste a la norma en sus actuaciones, a menos que se pruebe lo contrario.

En este ámbito le corresponden específicamente las siguientes funciones:

a) Ostentar la representación de la escuela.

b) Colaborar con los órganos del Instituto del Teatro y de la Administración educativa.

c) Presidir el Claustro de Profesorado y el Consejo de Escuela, así como los actos académicos de la escuela.

Funciones en relación a la comunidad educativa

La Dirección de la escuela, en su condición de responsable de la acción educativa, es a la vez la responsable de las buenas relaciones con la comunidad educativa y le corresponde en consecuencia:

a) Favorecer la convivencia en la escuela, velando por la armonía de las relaciones interpersonales.

b) Intervenir, de forma directa o por persona técnicamente capacitada en la que designe, para ejercer funciones de arbitraje y de mediación en los conflictos que se generen entre miembros de la comunidad educativa.

c) Garantizar el ejercicio de derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa, y orientarlos a la consecución de los objetivos de la escuela.

d) Asegurar la participación efectiva del Consejo de Escuela en la adopción de las decisiones que le corresponden y en la tarea de control de la gestión del centro.

e) Asegurar la participación efectiva del Claustro de Profesorado en la adopción de las tareas que le corresponden.

Funciones organizativas y de funcionamiento

Son funciones relativas a la organización y el funcionamiento:

a) Cumplir y hacer cumplir las leyes y las normas vigentes.

b) Impulsar la elaboración, la aprobación y la aplicación de las normas de organización y de funcionamiento de la escuela.

c) Proponer la programación general anual de la escuela, que también ha incluir las actividades y los servicios que se prestan durante todo el horario escolar, coordinar su aplicación con el resto del equipo directivo y rendir cuentas mediante la memoria anual.

d) Proponer a la Dirección General del Instituto del Teatro los puestos docentes en proveer.

Funciones en materia de gestión

a) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la escuela.

b) Tramitar los gastos de acuerdo con el presupuesto asignado al centro, conformar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, siguiendo los procedimientos establecidos por el Organismo Autónomo de el Instituto del Teatro.

c) Tener cuidado del correcto cumplimiento de las tareas por parte de todo el personal vinculado a la escuela, así como del cumplimiento de las dedicaciones y horarios asignados y hacer las comunicaciones preceptivas sobre las eventuales incidencias.

d) Emitir la documentación oficial de carácter académico que establece la normativa vigente.

e) Visar las certificaciones académicas, y todas las demás que procedan, por acreditar contenidos documentales archivados en el centro.

f) Asegurar la custodia de la documentación económica, académica y administrativa mediante la secretaría de la escuela y aplicar medidas para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos de acuerdo con la legislación específica en materia de protección de datos.

g) Dirigir la gestión económica del centro y la aplicación del presupuesto asignado

h) Dirigir y gestionar el personal del centro de manera orientada a garantizar el cumplimiento de sus funciones.

e) Velar por el mantenimiento de la escuela.

j) Proponer la mejora de las instalaciones del centro.

k) Ejercer en el centro aquellas funciones que en materia de prevención de riesgos laborales le asigne el Plan de prevención de riesgos laborales del Instituto del Teatro.

Funciones de mando de personas

a) Designar los órganos unipersonales de gobierno y de coordinación que forman parte del equipo directivo, y proponer los nombramientos y ceses a la Dirección General del Instituto del Teatro que los elevará a la Presidencia del Instituto del Teatro.

b) Ejercer el mando de todo el personal vinculado a la escuela.

c) Asignar al profesorado de la escuela otras responsabilidades de gestión y de coordinación docente y las funciones de tutoría y de docencia que sean requeridas para la aplicación del proyecto educativo y que sean adecuadas a su preparación y experiencia.

d) Proponer motivadamente la incoación de los expedientes contradictorios y no disciplinarios para la remoción del personal laboral fijo, funcionario de carrera o funcionario interino hasta provisión o laboral con contrato de interinidad hasta la provisión del puesto de trabajo ocupado, de acuerdo a lo establecido en la normativa del IT.

e) Comunicar las faltas leves a la dirección general y la gerencia, que ejercerán su potestad disciplinaria de acuerdo con la normativa vigente.

f) Formular la propuesta de incoación de expedientes disciplinarios por faltas graves o muy graves del personal del centro.

g) Formar parte de los órganos calificadores para la selección del personal interino docente.

h) Intervenir en los términos que se establecen reglamentariamente en los procedimientos de provisión por concurso específico y de provisión especial, y formular las propuestas de nombramiento de los aspirantes seleccionados en este último caso.

e) Fomentar la participación del profesorado en actividades de formación permanente y de actualización de sus capacidades profesionales.

j) Comunicar al órgano pertinente las faltas de asistencia y de puntualidad no justificadas, en el marco de la jornada y de horario laboral.

k) Comunicar al órgano pertinente las jornadas no trabajadas cuando el personal del centro ejerce el derecho de huelga.

Otras competencias que le sean atribuidas.

Requisitos

Los candidatos a participar en el proceso de selección deben cumplir los requisitos siguientes:

a) Ser docente del Instituto del Teatro (laboral fijo, funcionario de carrera o personal funcionario interino hasta provisión o laboral con contrato de interinidad hasta la provisión) en la misma escuela para la que opta al cargo y estar en servicio activo.

b) Tener una antigüedad de al menos tres años como docente en la escuela a la que opta.

c) Haber impartido docencia directa durante un período de la misma duración, en la misma escuela para la que opta al cargo.

d) Acreditar los conocimientos de nivel C1 de lengua catalana (antiguo certificado de suficiencia de catalán de nivel C) según el Marco Europeo común de referencia para el aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de lenguas o aquellas que reconoce como equivalentes, y lengua castellana.

Se puede exigir la superación de pruebas con esta finalidad.

e) Presentar un proyecto de dirección de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.4 de estas bases.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas (acreditación mediante documento que será disponible en el Instituto del Teatro).

Solicitudes

El plazo para la entrega de solicitudes es del 16 al 26 de abril.

Las personas que deseen tomar parte en el proceso de selección deben solicitarlo mediante instancia normalizada presentada en el Registro General del Instituto del Teatro, sin perjuicio de los otros medios previstos en la normativa vigente.

El plazo para la presentación será de 10 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

A partir de esta publicación, el resto de anuncios se publicarán únicamente en el tablón de anuncios, en la web y en la intranet del Instituto del Teatro.

En caso de que el último día de presentación de instancias recaiga en día inhábil el plazo finalizará el siguiente día hábil.

Junto con la instancia se acompañará:

  1. Fotocopia del DNI o pasaporte.
  2. Currículum Vitae.
  3. La documentación acreditativa de los requisitos y las condiciones exigidas
  4. La documentación acreditativa de los méritos alegados, sin que la Comisión de Verificación pueda valorar en este momento otras no aportados dentro del plazo de presentación de instancias.
  5. El proyecto mencionado en el apartado 3.3. e) y 3.5. (Ocho ejemplares).

La documentación acreditativa de los requisitos y méritos aportados junto con la instancia, deberá estar en algunas de las lenguas oficiales de Cataluña. no se valorará aquella documentación que no se ajuste a este requisito.

Cada aspirante puede presentarse simultáneamente, como candidato, a una única Escuela Superior del Instituto del Teatro.

+ Información

Para ampliar información puedes enviar un email a informacio.rrhh@institutdelteatre.cat y consultar las bases reguladores del proceso asi como el BOPB y el DOGC en este link.

Por favor, para solicitar este trabajo visita www.institutdelteatre.cat.

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