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La Industria Musical Europea Contra el 3er Borrador del Código de Prácticas GPAI de la Ley de IA de la UE

Declaración conjunta sobre el tercer borrador del Código de Prácticas GPAI de la Ley de IA de la UE

Una coalición de autores, artistas intérpretes o ejecutantes y otros titulares de derechos activos en los sectores culturales y creativos de la UE manifiesta su rechazo al tercer borrador del Código de Prácticas GPAI. Este documento no solo socava los objetivos de la Ley de IA, sino que también contraviene la legislación de la UE e ignora la intención del legislador europeo. Por estas razones, no podemos apoyarlo.

Falta de protección para los creadores y titulares de derechos

Helen Smith, presidenta ejecutiva de IMPALA, señala: «La Ley de IA de la UE fue diseñada para fomentar una IA responsable y, al mismo tiempo, brindar herramientas a los creadores y titulares de derechos europeos para ejercer y hacer valer sus derechos. Este borrador no cumple ninguna de esas funciones. Preferimos no tener ningún Código antes que aceptar este tercer borrador, que es inadmisible».

Uno de los objetivos clave de la Ley de IA es garantizar que los autores y artistas tengan herramientas eficaces para proteger sus derechos. Sin embargo, el tercer borrador del Código de Prácticas GPAI genera inseguridad jurídica, malinterpreta la legislación sobre derechos de autor y debilita las obligaciones establecidas en la propia Ley de IA. En lugar de proporcionar un marco sólido de cumplimiento, establece un estándar tan bajo que resulta inútil para garantizar la protección de los creadores.

Debilitamiento de la responsabilidad de los proveedores de IA

El tercer borrador reduce aún más las obligaciones de los proveedores de IA de Propósito General (GPAI), limitándolas a realizar «esfuerzos razonables» para cumplir con la legislación sobre derechos de autor. Sin embargo, tales «esfuerzos» no garantizan la observancia efectiva de la normativa europea. Además, se diluye la responsabilidad de los proveedores de GPAI en la verificación de los conjuntos de datos utilizados para entrenar sus modelos, lo que podría facilitar la infracción de derechos de autor.

Falta de transparencia y protección de los derechos de los creadores

El tercer borrador también restringe el derecho de los autores y artistas a decidir cómo proteger sus obras. No establece directrices claras para que los proveedores de GPAI cumplan con dichas reservas de derechos y permite que el acceso legal a los contenidos protegidos se limite a medidas técnicas insuficientes, como la exclusión de un pequeño conjunto de sitios web de piratería. Esto incumple los estándares legales europeos y distorsiona la realidad sobre cómo se accede y distribuye el contenido en línea.

Además, el tercer borrador elimina por completo los requisitos de transparencia sobre el cumplimiento de los mecanismos de protección de derechos. No obliga a los proveedores de GPAI a revelar si cumplen con las reservas de derechos expresadas por los autores ni cómo lo hacen. A pesar de la fuerte oposición del sector, sigue considerando robots.txt como el único método obligatorio de reserva de derechos, ignorando otros mecanismos legalmente válidos reconocidos por la legislación de la UE.

Proceso de reclamación ineficaz

El borrador introduce un proceso de reclamación por derechos de autor que, en la práctica, es inefectivo. No establece ninguna obligación para que los proveedores de GPAI actúen ante las reclamaciones presentadas, convirtiéndolo en un gesto simbólico sin impacto real en la protección de los derechos de los creadores.

Requisitos de transparencia y aplicabilidad global

El Código de Prácticas debería incluir medidas claras que obliguen a los modelos de GPAI a respetar los principios básicos de la legislación de derechos de autor: obtener autorización previa y abstenerse de utilizar material protegido sin permiso. Además, como señaló la vicepresidenta ejecutiva Virkkunen en una reciente respuesta parlamentaria, las obligaciones de la Ley de IA se aplican a cualquier proveedor de GPAI que opere en la UE, independientemente de dónde esté establecido o dónde se haya entrenado su modelo.

Asimismo, el Código de Prácticas debe ir acompañado de una plantilla eficaz para la presentación de un «resumen suficientemente detallado del contenido utilizado para la formación», permitiendo a los creadores ejercer sus derechos de manera efectiva. La transparencia sobre el uso de contenido en el entrenamiento de IA no solo es viable, sino que puede implementarse con un esfuerzo técnico o financiero mínimo. La legislación sobre secretos comerciales no debería ser utilizada para ocultar infracciones ni impedir el derecho de los creadores a hacer valer sus derechos.

Lista de firmantes

  • AAPA (Audiovisual Anti-Piracy Alliance)
  • AEPO-ARTIS
  • BIEM (Bureau International des Sociétés gérant les droits d’enregistrement et de playback mécanique)
  • CEATL (Consejo Europeo de Asociaciones de Traductores Literarios)
  • CEPI (Asociación Europea de Producción Audiovisual)
  • CEPIC
  • CISAC (Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores)
  • EANA (Alianza Europea de Agencias de Noticias)
  • ECSA (Alianza Europea de Compositores y Autores de Canciones)
  • EFJ (Federación Europea de Periodistas)
  • EGAIR (Gremio Europeo para la Regulación de la Inteligencia Artificial)
  • EMMA (Asociación Europea de Medios de Revistas)
  • ENPA (Asociación Europea de Editores de Periódicos)
  • EPC (Club Europeo de Productores)
  • EUROCINEMA
  • EVA (Artistas Visuales Europeos)
  • EWC (Consejo Europeo de Escritores)
  • FEP (Federación de Editores Europeos)
  • FERA (Federación de Directores de Cine Europeos)
  • FIA (Federación Internacional de Actores)
  • FIAPF (Federación Internacional de Asociaciones de Productores Cinematográficos)
  • FIM (Federación Internacional de Músicos)
  • FSE (Federación de Guionistas de Europa)
  • GESAC (Agrupación Europea de Sociedades de Autores y Compositores)
  • IAO (Organización Internacional de Artistas)
  • ICMP
  • IFJ (Federación Internacional de Periodistas)
  • IFPI (Federación Internacional de la Industria Fonográfica)
  • IFRRO (Federación Internacional de Organizaciones de Derechos de Reproducción)
  • IMPALA
  • IMPF
  • IVF (Federación Internacional de Vídeo)
  • News Media Europe
  • SAA (Sociedad de Autores Audiovisuales)
  • STM (Asociación de editoriales académicas y profesionales)
  • UNI MEI (UNI – Medios, Entretenimiento y Artes)
  • UVA (United Voice Artists)

Conclusión

La intención de la Ley de IA de la UE era fomentar una IA responsable y garantizar el crecimiento de los sectores culturales y creativos en Europa. En contraste, el tercer borrador del Código de Prácticas GPAI establece un estándar de implementación que socava los objetivos de la Ley de IA, contradice la legislación europea e ignora la voluntad del legislador.

Por estas razones, el tercer borrador es completamente inaceptable. No podemos apoyar el Código de Prácticas GPAI en su versión actual. En este contexto, ningún Código sería preferible a este tercer borrador, que presenta fallos estructurales fundamentales.

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