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Contratos industria musical. Reproducción no exclusiva de una obra musical

contrato de grupo, musicos y artistas

CONTRATO DE REPRODUCCIÓN CON CARÁCTER DE NO EXCLUSIVA DE UNA OBRA MUSICAL.

En la ciudad de………………, a…………………… de………………….. de 20XX.

 

REUNIDOS

De una parte, Don…………………………………. , con DNI n.°…………………………………………

y domicilio en………………………………………………………………………………………………………

 

De otra parte, Don……………………………………….. con DNI n.°……………………………………..

y domicilio en…………………………………………………………………………………………………………

 

INTERVIENEN

El primero, en su propio nombre y como administrador de ……………………….., con CIF……………………………………….. y domicilio social en C/…………………………………….. de……………………………………………….. ; de ahora en adelante, y sólo a los efectos de este contrato, denominaremos a esta parte la EMPRESA X…………………………………….

El segundo, en su propio nombre y representación y como integrante del conjunto musical………………………………………………. que de ahora en adelante denominados a efectos de este documento el ARTISTA.

 

MANIFIESTAN:

I.- Que EMPRESA X es una empresa sin ánimo de lucro, que se dedica a facilitar la autoedición de obras musicales y/o audiovisuales a formaciones musicales.

II.- Que el ARTISTA desea la cesión de los derechos de reproducción con carácter de no exclusividad de la mencionada obra, con el fin de realizar una edición o realización de las copias de la obra musical:…………………………………………………………………

III.- Que ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para celebrar el presente contrato y, habiendo llegado a un acuerdo satisfactorio, acuerdan regir sus recíprocas relaciones, obligaciones y derechos, sujetándolas libre y voluntariamente de conformidad con lo dispuesto en los siguientes

PACTOS:

PRIMERO.- AUTORIZACIÓN NO EXCLUSIVA DE LOS DERECHOS

DE REPRODUCCIÓN.

1.1.- El objeto de este contrato es reproducir o realizar copias de la obra musical…………………………………………………………….. El ARTISTA, por el presente contrato, encarga a EMPRESA X que realice………………………………………………… copias de la obra musical………………………………………………….. y deberá abonar a la firma del presente contrato, por dicho servicio, la cantidad de………………………………………. más IVA (cuantía total……………………………………….. ).

LA EMPRESA X se obliga a entregar las mencionadas copias en el plazo de un mes y medio  desde la firma del presente contrato. En dicha cantidad están incluidos todos  los impuestos legalmente exigibles, todas las gestiones y el coste de la fabricación  de las copias de la obra musical, el pago de los correspondientes derechos  de autor que serán abonados a la entidad de gestión correspondiente y una  aportación de ……………………………………………………euros a la EMPRESA X, con la cual se financiarán proyectos destinados a  favorecer la autoedición de otros artistas, así como la realización de actividades  e iniciativas beneficiosas para todos los artistas que se autoeditan su propia  música.

1.2.- En el momento de la firma del presente contrato, el ARTISTA entrega  a EMPRESA X el máster (grabación madre a partir de la cual se realizan  todas las copias de la obra musical) y los fotolitos del diseño de la obra  musical……………………………………………………………. y EMPRESA X realizará la  reproducción de la obra musical con el máster y los fotolitos que recibe del  ARTISTA. 

1.3.- Para la realización de las mencionadas copias, el ARTISTA otorga por  el presente contrato a EMPRESA X una AUTORIZACIÓN NO EXCLUSIVA  de únicamente los derechos de reproducción de la grabación de la obra  titulada entregada por el ARTISTA  a la firma del presente documento.

1.4.- La duración de este contrato será desde la firma del presente documento  hasta que EMPRESA X entregue las reproducciones o copias de  la mencionada obra musical aquí detalladas. La expresada autorización se extinguirá  en el momento de la entrega de las mencionadas copias; por tanto, una  vez finalice el presente contrato, EMPRESA X no podrá reproducir dicha  obra musical sin la autorización expresa y escrita del ARTISTA.

 1.5.- A tal efecto, el ARTISTA ha entregado el máster y los fotolitos, el  coste de los cuales ha sido a cuenta del ARTISTA y cuya propiedad corresponde  únicamente al mismo.

SEGUNDO.- OBLIGACIONES DEL ARTISTA.

2.1.- El ARTISTA declara y garantiza haber realizado los extremos que se  detallan, eximiendo de toda responsabilidad a EMPRESA X sobre las  siguientes cuestiones:

2.1.1.- El ARTISTA es autor de todas las canciones u obras musicales  (samplers, fragmentos de otras obras, etc.) que integran el álbum titulado………………………………………………………………..  o ha solicitado los  correspondientes permisos de los autores, editoriales y productores fonográficos  correspondientes, para poder grabar, reproducir y comercializar  dicha obra musical y/o audiovisual.

2.1.2.- El ARTISTA garantiza también a EMPRESA X que no será  requerida por ningún intérprete, músico o ejecutante que colabore en las  grabaciones a realizar de conformidad con este presente contrato para efectuar  pago o cumplir exigencia alguna, no teniendo EMPRESA X responsabilidad  alguna ante cualquier reclamación relativa a tales conceptos.

2.1.3.- El ARTISTA declara que su nombre artístico, …………………………………………………….  es de su total propiedad y, por tanto, ha  solicitado como marca el correspondiente registro en la AGENCIA ESPAÑOLA  DE PATENTES Y MARCAS, dentro de la clase 41 del Nomenclátor  Internacional, eximiendo a EMPRESA X de cualquier reclamación  que hubiere por un tercero, perteneciente o no a la formación musical.

2.1.4.- El ARTISTA declara haber solicitado todos los permisos y tener  cedidos a su favor todos los derechos de propiedad intelectual que se puedan  derivar del diseño del álbum (fotos, dibujos, etc.), haciéndose responsable  de cualquier reclamación que pudiere haber.

2.1.5.- El ARTISTA no hará responsable a EMPRESA X de ningún  defecto que pudiera haber, tanto en el máster como en los fotolitos del diseño  entregados, que afectasen a las copias realizadas; por tanto, EDICIONES  PAE duplicará la obra con el máster y fotolitos entregados por el  ARTISTA, sin realizar ninguna modificación ni alteración. Del mismo  modo, en el supuesto de que el ARTISTA entregase una prueba de color  cromalín a EMPRESA X, ésta no se hace responsable del resultado  final.

2.1.6.- El ARTISTA incluirá en el disco el logotipo de EMPRESA X  y el logotipo de la marca de garantía «y».

2.1.7.- El ARTISTA no incluirá en el álbum contenidos racistas o xenófobos.

2.1.8.- El ARTISTA, a fin de hacer partícipe a EMPRESA X de las  iniciativas que él lleve a cabo, deberá comunicar a ésta la intención de reeditar  la obra.

2.2.- El ARTISTA autoriza a EMPRESA X a que dicha obra musical sea incluida dentro del catálogo de la misma, así como en su página web y publicidad.

2.3.– El ARTISTA se obliga a entregar 5 copias a EMPRESA X para el archivo de ésta.

TERCERO.- OBLIGACIONES DE EMPRESA X.

3.1.- EMPRESA X se obliga a entregar las copias en el plazo convenido.  En el caso de que, por cualquier causa ajena a EMPRESA X (retraso  en la entrega de las copias por parte de la fábrica, causas de fuerza mayor,  etc.), no se pudieran entregar en plazo las mencionadas copias, el ARTISTA  no tendrá derecho a reclamación alguna.

3.2.- EMPRESA X incluirá dicha obra musical en su catálogo, invirtiendo  todos los posibles beneficios que pudiere ocasionar la reproducción de  la obra musical objeto de este contrato o cualquier otra que hiciere, o procedentes  de cualquier subvención por parte de cualquier entidad (pública, sponsor,  etc.), en la promoción de dicho catálogo, así como en el fomento y ayuda  a otros artistas que pretendan autoeditar sus obras.

CUARTO.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

4.1.- Por medio del presente documento, EMPRESA X queda autorizada,  tan ampliamente como en derecho sea necesario, a tratar de forma  automatizada o no los datos personales indicados en este acuerdo, con las finalidades  que se desprenden de forma directa de la relación contractual establecida  con EMPRESA X y con los límites derivados de la prestación contratada.  Asimismo, EMPRESA X queda autorizada a ceder los referidos  datos personales a las empresas del grupo al que pertenece y a cualesquiera  otras cuya intervención sea necesaria para satisfacer las finalidades convenidas  en la citada relación contractual o que, por normas de control interno,  deban conocer los mencionados datos, así como a las asociaciones o entidades  análogas a las que EMPRESA X pueda pertenecer, con la finalidad de  controlar y comunicar el grado de cumplimiento de dicha relación contractual  a cualesquiera de las anteriores entidades que pudiesen estar interesadas.

4.2.- En el caso de que el presente contrato se celebre entre EMPRESA X y otra u otras personas jurídicas, éstas se obligan, por medio del presente  contrato, a obtener el necesario consentimiento de aquellas personas físicas  cuyos datos se faciliten a EMPRESA X, tras informarles previamente  de todos los extremos mencionados en la presente cláusula, consintiendo  el o los representantes de dichas personas jurídicas que suscriben el presente  acuerdo al tratamiento de sus propios datos personales en los mismos términos  previstos en la presente cláusula.

4.3.- En el caso de que el presente contrato se celebre entre EMPRESA X y una o varias personas naturales representadas por un tercero, éste se  obliga a obtener el necesario consentimiento de aquellas personas físicas cuyos  datos se faciliten a EMPRESA X, tras informarles previamente de todos  los extremos mencionados en esta cláusula, consintiendo el representante de  dichas personas naturales que suscribe el presente acuerdo al tratamiento de  sus propios datos personales, también en los mismos términos previstos en la  presente cláusula.

4.4.- Aquellas personas naturales cuyos datos se faciliten a EMPRESA X podrán dirigirse al responsable del fichero que contiene sus datos personales,  con el fin de acceder, rectificar y cancelar los datos indicados en este formulario,  lo cual podrá hacer dirigiéndose al domicilio social de la misma reseñado  en la cabecera del presente documento, donde se encuentra situada la  base de datos que contiene sus datos personales.

QUINTO.- NOTIFICACIONES

5.1.- Todas las comunicaciones y/o modificaciones que puedan efectuarse  con relación al presente contrato deberán dirigirse por escrito a los domicilios  que, respectivamente para cada parte, constan en el encabezamiento.

5.2.- Se considerará que han sido debidamente entregadas y recibidas el día  de su envío, si han sido transmitidas a los domicilios respectivos de las partes  indicadas en el encabezamiento de este contrato mediante cualquier medio  fehaciente en el que conste tanto la fecha del envío como su contenido.

5.3.- Asimismo, se entenderán entregadas y recibidas las comunicaciones  y/o notificaciones efectuadas por telegrama o Burofax con certificación de contenido,  siempre que sea confirmada su recepción en el mismo día de envío o  transmisión.

5.4.- Cualquier cambio de domicilio a efectos de notificaciones deberá ser  comunicado fehacientemente a la otra parte, por escrito, con la suficiente  antelación.

SEXTO.- COMPROMISO MUTUO DE CONFIDENCIALIDAD.

6.1.- Ambas partes se comprometen a mantener en secreto el contenido de  este acuerdo, con la única excepción de facilitar a las autoridades fiscales y  administrativas aquellos datos que por ley deban suministrarse.

SÉPTIMO.- JURISDICCIÓN

7.1.- Ambas partes acuerdan que la forma idónea para dirimir o exponer  las diferencias que puedan surgir de la realización o interpretación del presen332  te contrato es, en primer lugar, el ámbito de las conversaciones directas entre  las dos partes contratantes y, en su defecto, en segundo lugar, como recurso  inmediato, el ámbito de los tribunales competentes que se mencionarán más  adelante.

7.2.- Como consecuencia de este entendimiento, ambas partes renuncian  expresamente a utilizar directa o indirectamente otras formas, ya sean públicas  (radio, prensa, televisión, etc.) o privadas, para exponer y dirimir cualesquiera  de las diferencias anteriormente mencionadas y se reservan únicamente  el derecho de hacerlo después de haber agotado, de forma total, todas las  posibilidades que se exponen en el párrafo 7.1).

7.3.- Ambas partes acuerdan expresamente que el incumplimiento que en  este pacto se acuerda significará para la parte incumplidora la pérdida de todos  los derechos que en este contrato se le reconocen.

7.4.- En caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas de este contrato,  las partes contratantes se acogen a la jurisdicción de los tribunales de Barcelona,  con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.  En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente contrato, por  duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

EMPRESA X                                                                                   EL ARTISTA

Fdo.                                                                                                                                    Fdo.

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