Legal

Registrar tu Nombre Artístico: ¿Si o No?

consultas legales musicos
Escrito por Consultas Legales

Hoy os traemos una nueva consulta legal para músicos resuelta por Antón, miembro de bufeteonline.es. En este caso, Ángel Gómez, Label Manager, productor y compositor musical nos expone su consulta con la consiguiente resolución.

1.- Me gustaría saber la importancia y riesgos que tenemos al no registrar un nombre artístico en la oficina española de patentes y marcas.
En el caso no se registre el nombre del grupo, cualquiera puede utilizar ese nombre e incluso hacer un uso mercantilista de este (merchandising) además en el caso alguien lo registre por mucho tiempo que lo este utilizando tu no tendrá validez jurídica esa denominación.

2.- Porqué, y cuándo tenemos que registrar nuestro nombre artístico.
En principio no hay obligación si bien mi consejo es que en el momento vayas a tener algún tipo de ingresos económicos por la explotación de esta marca seria conveniente el registrarla y curarte en salud ya que

  • Confiere a su titular el derecho exclusivo de utilizarla en el tráfico económico.
  • Protege el uso de la misma en todo el territorio de un país.
  • Informa a terceros que ésta es un derecho de propiedad particular.
  • Impide que terceros, sin el consentimiento del propietario, utilicen una marca o signo idéntico o similar cuando la semejanza entre los signos y la similitud entre los productos o servicios puedan inducir a errores.
  • Permite que se presuma que su propietario es el legítimo titular de ella y que esa marca es válida.
  • Es una condición necesaria para ejercer ciertas acciones legales, tales como la acción de oposición al registro de una marca idéntica o similar, así como también la prohibición de su uso.

3.- ¿Que riesgos corremos?
Que cualquiera pueda utilizar tu nombre, sacar un beneficio económico de su explotación  e incluso si lo registra el puede prohibir que lo utilices tu mismo.

4.- ¿Qué formas hay de hacerlo? y ¿existe otra posibilidad?(¿ SGAE?).
Como bien comentas este registro de marca se realiza en la oficina de patentes y marcas… Olvídate de la SGAE que esta solo gestiona los derechos de autor de quien es socio.

Este registro se otorga por 10 años, contados desde el depósito de la solicitud, y puede renovarse indefinidamente por períodos de 10 años. Es importante aclarar que el registro de la marca NO ES OBLIGATORIO para comenzar una actividad empresarial, pero sí es muy conveniente realizarlo por los  motivos anteriormente expuestos y los beneficios que posteriormente comentaremos. Hay que tener en cuenta que el derecho de propiedad sobre una marca sólo se adquiere mediante su inscripción en el Registro de la OEPM.

5.- ¿Por qué puede ser, que ningún artista español reconocido ha registrado su nombre artístico en la OEPM?
Como venimos comentando no es obligatorio, si bien yo tampoco entiendo el porque no han registrado su marca ya que cualquiera podría regístrala y impedir la explotación por parte de quien realmente eres.

Además para tener la exclusividad en España de  ser el único grupo que explote un nombre en concreto es necesario registrarlo como marca nacional en la clase que engloba a los grupos de música, que es la 41 (nombre artístico), si además estáis interesados en hacer merchandising con los productos del grupo será también la clase 25.

Otra cosa es el registro de la obra en el registro de la propiedad intelectual el cual protege los derechos de los autores.

Hasta aquí la resolución de esta consulta legal para músicos, cortesía de bufeteonline.es y recuerda que puedes hacernos llegar tus casos para su resolución. Un saludo y hasta la próxima.

¿Te gustó el artículo?
1 Estrella2 Estrellas3 Estrellas4 Estrellas5 Estrellas (18 Votos, Promedio: 4,72 de 5)
Cargando...

Sobre el autor

Consultas Legales

14 Comentarios

  • Muchas gracias por la información Antón. Es una aclaración importante para todos los que estamos comenzando a trabajar enserio en esta industria.

  • Muy interesante, muchísimas gracias!
    Me surge una duda en torno al tema. En el caso de explotar la marca en España está claro, pero ¿si tu proyección es internacional, qué sería lo recomendable?

  • Yo pienso que la solución sería registrarlo a nivel mundial, pero creo que son unos 800-900€. De todas formas a ver que contesta Antón.

    Si corremos esos riesgos pienso que lo ideal seria plantearnos (de momento) nuestras campañas de comunicación a nivel nacional…

  • Buenos días,

    quería realizaros la siguiente pregunta ante mi desconocimiento del tema. Si una banda de música registra su nombre, ¿podría ir contra otra banda que ha utilizado el mismo nombre anteriormente a ese registro pero que no lo ha llegado a registrar?

    Por ejemplo, una banda que registra su nombre en enero de 2015 y antes existió una banda con el mismo nombre que se disolvió en el 2010.

    Y ¿qué pasaría si existieran vídeos en internet, por ejemplo youtube, aun de esa banda con ese nombre? ¿Se podría denunciar?

    Muchas gracias por vuestro tiempo y un saludo.

  • Hola ,es bueno registrar las canciones nuevas de cualquier estilo ,donde?

  • Yo tengo una duda, si tengo pensado un nombre artístico, pero justo me coincide con el de otra persona y lo modifico cambiando una letra o dos y haciendo que suene parecido o igual pero estando escrito de diferente forma, ¿puedo ser demandada por usar el mismo?

  • si lo que quiero es registrar un evento con un nombre concreto, también se hace como marca? o como nombre comercial?

  • Tengo una inquietud, tengo una banda yo soy el fundador, vocalista, arreglista, compositor y autor de las canciones, ademas de los conceptos estilo musical logo nombre de la banda. mi pregunta legalmente podria ser yo el dueño de la banda, nombre marca, canciones, y el resto de los miembros (instrumentalistas, las coristas) darles una practipacion economica porcentual mientras decidan seguir siendo parte de la banda

  • si ya grabe una música tengo registrar mi nombre artístico o no, y si no tengo aun un abogado que podría guiarme, y si quiero salir en tv tengo que estar ya registrado el nombre o eso no implica en nada

Dejar un comentario