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Consulta legal artística
Respuesta
Atendiendo al contenido e información que se nos remite se entiende que el músico en sí no llegó a firmar ningún tipo de documento por el que rigieran las normas de su relación contractual sino que simplemente se concertaron verbalmente unas pautas.
Si hubiera habido contrato, ese punto, la suspensión del evento debería estar determinado en éste, así como las consecuencias del incumplimiento por parte tanto de la organización como por parte del intérprete, en su caso.
En este tipo de supuestos es muy difícil el reclamar y cuantificar los daños que se han producido ya que la contraparte siempre podrá alegar que el festival no se realizó por fuerza mayor y si no tienes nada firmado es la palabra de uno con la del otro. Asimismo y en el caso reclamaras por haber anunciado la actuación sin tu consentimiento deberías estar seguro que no sacaran correos/ llamadas de los que se pudiera desprender que se han iniciado los contactos con el fin de formalizar el contrato ya que siempre pueden alegar que ha habido un compromiso verbal entre las partes y que no se ha llegado a concretar por causa de terceros.
Nuestro consejo para este tipo de situaciones es firmar aunque sea un precontrato en el que se establezcan este tipo de cuestiones y firmarlo antes de que se utilice tu nombre en cualquier tipo de campaña de marketing.
Quede por delante que esta respuesta es orientativa con la poca información de la que disponemos sobre el asunto en concreto.
Esperamos haya podido ser de interés y animaros a enviar vuestras consultas legales a contacto@promocionmusical.es