Nos complace ofreceros una nueva consulta legal resuelta por nuestros partners legales BufeteOnline.es.
Recordaros a todos que este servicio es gratuito y puedes realizar tu consulta escribiéndonos a contacto@promocionmusical.es
Esta consulta legal ha sido realizada por uno de nuestros lectores, en este caso se trata de un músico de Barcelona (J.R.) quien nos plantea lo siguiente:
Consulta legal
«Estoy planeando hacer un libro con unas transcripciones basadas en la obra de un artista ya fallecido. Me gustaría saber si es legal editar y poner a la venta un libro con partituras transcritas basadas en una obra de la que no poseo absolutamente ningún tipo de derecho o licencia.»
Respuesta
En este caso nos encontramos con un tercero ajeno a la autoría de una obra el cual planea editar un libro en el que se ponga a disposición de terceros las transcripciones de esa obra, explotando este derecho de autor.
Comenzaremos por definir los derechos de autor como el conjunto de derechos legítimos de una persona natural sobre su obra de naturaleza literaria, artística o científica.
Las personas jurídicas también pueden ser titulares de los derechos. La legislación establece que el autor pueda obtener unos beneficios por su trabajo intelectual y su aportación a la cultura en general, durante un tiempo limitado (70 años).
¿Cuáles son los derechos de autor?
Los derechos de autor son:
- Por un lado, los derechos morales, irrenunciables e inalienables, como el derecho de reconocimiento de autoría y el derecho de integridad de la obra, entre otros.
- Por otra parte, los derechos económicos, transferibles y de duración limitada en el tiempo; básicamente los derechos de explotación.
¿Qué son los derechos de explotación?
El autor tiene los derechos de explotación de su obra, de cualquier forma y por cualquier medio. Estos derechos incluyen su facultad de autorizar su reproducción, distribución, comunicación pública y transformación. Una obra no puede ser explotada sin su autorización, salvo en determinados casos previstos en la ley.
Por ese motivo lo conveniente seria comunicar con la persona que posee los derechos de esa obra y conseguir una autorización para la cesión de la explotación de esos derechos de autor, concretando la parte de la obra que se va a explotar y en su caso la cantidad fija o porcentaje de beneficios que se va a dar por la cesión de estos derechos.
Eso en cuanto a la explotación de los derechos de autor, si bien seria conveniente comunicaras con la SGAE con el fin le expusieras el caso y te informaran si ellos tienen la gestión de los derechos de esa obra en España.
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