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Respuesta
Bueno lo primero que hay que hacer para ejecutar, distribuir y en general poner a disposición de terceros una obra que no es propia es pedir el consentimiento del autor y llegar a un acuerdo con el sobre esta explotación. En caso que no obtuviéramos este consentimiento y decidiéramos continuar con la idea se nos podría denunciar cuanto
menos por plagio.
Por plagio hay que entender todo aquello que supone copiar obras ajenas en lo sustancial, presentando gran similitud con la obra original. El plagio supone un atentado contra el derecho moral del autor ya que infringe el derecho al reconocimiento del derecho a la paternidad de la obra reconocido en el art. 14.3 de la Ley de Propiedad Intelectual. Los expertos musicales consideran que hay plagio cuando hay más de ocho notas continuadas iguales.
Esperamos que te sea de ayuda y para cualquier cuestión no dudes en contactar.
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