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¿Puedo Facturar Actuaciones con IVA Si Cobro Pensión?

como facturar con iva, musica
Escrito por Consultas Legales

Aquí os traemos una nueva consulta legal para músicos y artistas resuelta por nuestros partners legales BufeteOnline.esOs recordamos que puedes enviarnos tu consulta legal a contacto@promocionmusical.es y que es un servicio totalmente gratuito.

Cabe destacar que a esta consulta, añadiremos también la aportación de Victor Ribes, colaborador también y experto en régimen fiscal de artistas.

Esperamos que sea de ayuda 🙂

Consulta legal artística

«Mi caso es que yo estoy cobrando la ayuda de mayores de 52 años, que son 426 euros  cada mes, y me han llamado para cantar para una fiesta  en un pueblo y para cobrar me piden una factura con su IVA y todo lo demás, y claro yo no estoy dado de alta y mi pregunta es que tengo que hacer y si me perjudica a mi pensión.»

Respuesta a la consulta legal

BufeteOnline.es

Esta consulta no es nada fácil ya que es más una cuestión laboral y fiscal que artística. Pero bueno como dice nuestro amigo al estar cobrando una prestación y no estar dado de alta ni en la SS ni en Hacienda no es posible hacer una factura con IVA. Dicho esto, hay gran cantidad de artículos y demás en internet que dicen que si puedes facturar sin estar dado de alta y demás.
Comentar al respecto según las opiniones de internet, cabría la posibilidad de hacer una factura con IVA, dándose de alta de Hacienda y pagando la trimestral por este concepto, y sin embargo no darse de alta en la Seguridad Social al haber alguna sentencia que determina que si no se supera el salario mínimo no hay obligación de darse de alta, si bien en el caso de nuestro amigo como esta cobrando una prestación podría verse en un gran problema.
Por eso lo mejor es que acuda a la Seguridad social y se informe ya que hay varias opciones:

1.- Que el pueblo le contrate.
2.- Que el se de de alta de autónomos para poder facturarlo, con lo cual en este caso le sale casi cuenta con paga.
3.- Que lo facture por medio de algun tipo de cooperativa de facturación de músicos.

Puede darse la circunstancia que ninguna de ellas se le ajuste al 100% a su situación.

Por otro lado en el caso decidiera facturar sin que lo contrate el pueblo debería ir a Hacienda para darse de alta y por otro lado para informarse al respecto la obligación de presentar declaración de renta al haber tenido 2 pagadores, con lo cual seria otro problema añadido.

Vamos dicho esto entiendo que a falta de que en la Seguridad Social le den otra opción o en Hacienda sería complicado que su situación no se viera afectada en ningún sentido.

Un saludo y espero haya servido para algo la respuesta.

Victor Ribes

El principal problema es el subsidio que cobra esta persona, ya que es incompatible con todo tipo de trabajo; el otro problema es que le piden factura con IVA por lo tanto en ese caso tendría que hacerse autónomo.
Ahora bien hay algunas excepciones. Se puede suspender el susbsidio que está cobrando, realizar la actuación y reanudarlo. Para ello debe ir al SEPE y allí le informarán mejor que yo de los trámites y pasos a realizar.
En cuanto al autónomo, lo suyo sería que lo contrataran como relación laboral de artista y evitarse el alta. Aunque hay excepciones para darse de alta y es que tenga ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual, para ello sólo sería necesario el alta censal en Hacienda y al final del año liquidar el IVA e IRPF correspondiente sin necesidad de pagar el autónomo.
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