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Trabajo y profesiones del sector cultural. Propuestas de mejora (31, 32 y 33)

Trabajo y profesiones del sector cultural. Propuestas de mejora (1)

31. Acceso de los titulados y graduados en enseñanzas artísticas superiores a la docencia

El antiguo certificado de aptitud pedagógica (CAP) que todo licenciado tenía que obtener para acceder a la docencia en la enseñanza de régimen general se ha transformado en el Máster de Pedagogía, pero la especialidad de artes todavía no se ha creado.

Por eso se propone activar la puesta en marcha del Máster de Pedagogía de las Artes que facultará a los licenciados, graduados y/o titulados en enseñanzas artísticas superiores para acceder a la docencia en la enseñanza secundaria obligatoria y bachilleratos.

32. Mejora de los contenidos educativos relacionados con la profesión y mayor vinculación con la realidad profesional

A pesar del esfuerzo del profesorado, especialmente del que imparte la asignatura de formación y orientación laboral (FOL) en las enseñanzas artísticas, todavía existe una gran distancia entre lo que se aprende en el aula y la realidad del ejercicio de la profesión, la emergencia en la escena artística, el impacto de las políticas culturales, la dura inserción en el mercado o la lógica de las industrias culturales.

Se propone introducir en la enseñanza superior todas aquellas materias que conectan al alumnado con la realidad profesional, social, cultural y económica de la cultura. En este sentido, las asociaciones profesionales pueden cumplir una importante función sugiriendo programas, contenidos y docentes.

33. Desarrollar una oferta de formación continua para los profesionales de la cultura

Los profesionales o trabajadores culturales cotizan durante toda una vida laboral a la Seguridad Social, como autónomos (en el RETA) o como asalariados (en el régimen general o el especial de los artistas), y, por lo tanto, pagan su propia formación, algo que nunca se les devuelve. Los recursos estatales se envían a la Generalitat y los gestiona el Consorcio de Formación Continua de Cataluña, integrado por el Departamento de Empresa y Empleo, y por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Este modelo excluye las asociaciones profesionales y sindicales de la cultura, la representatividad de las cuales es imposible de determinar, puesto que no hay elecciones sindicales donde no haya contratos laborales superiores a los seis meses.

Pero, teniendo en cuenta la extrema dificultad para enmendar la LOLS y, como consecuencia, el Estatuto de los trabajadores, y dado que nos encontramos ante un colectivo donde hay sectores y subsectores en los que no existe relación alguna entre empresa/patronal y trabajador/sindicato, se proponen dos vías alternativas de acceso a los recursos de la formación continua:

  • Impulsar un acuerdo entre el Consorcio de Formación Continua de Cataluña y el conjunto de asociaciones profesionales y sindicales de Cataluña que permita el acceso de los trabajadores culturales a los recursos de formación continua con una proporción equivalente a los datos totales y parciales del censo de artistas y creadores.
  • Plantear un acuerdo entre las grandes centrales sindicales y el conjunto de asociaciones profesionales y sindicales de Cataluña que forman parte del Consorcio de Formación Continua y que las representarían en la adjudicación de los recursos anuales para financiar los programas de formación continua.

Muy relacionada con este punto está la proposición de que el Servicio de Empleo de Cataluña (SOC) cree un departamento específico para el sector cultural, para poder dar una respuesta más específica a su situación.


Fuente: El documento “36 propuestas para mejorar la condición profesional en el mundo de la cultura” ha sido elaborado por el Consell Nacional de la Cultura i de les Arts (CoNCA) con el asesoramiento jurídico de Brun i Guiu Advocats.

Editado por el Àrea de Coneixement del Consell Nacional de la Cultura i de les Arts (CoNCA) está sujeto a una licencia de Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional de Creative Commons. Se permite la copia, la distribución y la comunicación pública sin uso comercial, siempre que se cite la fuente.

Barcelona: 20 de junio de 2014

Depósito legal: B 15796-2014 Diseño y maquetación: Entitat Autònoma del Diari Oficial i de Publicacions

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