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Sector cultural | Estatuto del artista Cataluña (2)

Sector cultural | Estatuto del artista Cataluña (1)

En el contexto descrito en el capítulo anterior es donde toma sentido la redacción de un documento que recoja el marco legal del artista y del creador puesto que, a pesar de ser protagonista indispensable del hecho cultural, su actividad profesional no siempre está bien recogida por las normas ni garantizada por las políticas culturales. De hecho, el artista, el creador y el profesional de oficios relacionados con el mundo cultural se encuentran muchas veces en una situación de precariedad económica y laboral preocupante.


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La condición de protagonista de la creación cultural, las peculiaridades del trabajo en este sector y el reconocimiento por parte de las instituciones de carácter supranacional de la condición de los trabajadores culturales, justifica plenamente que el Estado contribuya a favorecer el desarrollo y la mejora de las condiciones de trabajo con el objetivo de que los profesionales de este sector puedan ejercer su actividad en igualdad de condiciones que el resto de trabajadores, a la vez que se asegura su inspiración creadora y su libertad de expresión.

Esta reclamación no es gratuita, puesto que, con motivo de este trabajo, se ha realizado una encuesta en la cual han participado más de 1.164 artistas, creadores y profesionales del mundo de la cultura con el objetivo de determinar los problemas principales en el desarrollo de la actividad profesional, y validar el análisis que se había hecho previamente sobre el estatus del artista con las aportaciones de las asociaciones representativas del sector. Los resultados que han proporcionado, a pesar de no tener un valor demoscópico plenamente científico, sí muestran unas tendencias acerca de la imagen del sector que resultan preocupantes.

Según los resultados de esta encuesta, el perfil sociodemográfico del artista, el creador y el profesional del mundo de la cultura se podría resumir en:

  • El 67% de los artistas creadores y profesionales de las artes son hombres y el 33%, mujeres.
  • El 45% tienen entre 36 y 50 años; el 29% entre 21 y 35 años; el 20% entre 51 y 65 años; el 5% más de 65 años, y solo el 1% menos de 21 años.
  • En cuanto al nivel de ingresos brutos anuales,11 el 33% percibe entre 12.000 y 25.000 euros; el 27%, de 6.000 a 12.000 euros; el 25%, menos de 6.000 euros, y el 16%, más de 25.000 euros.
  • Hay que matizar que estos ingresos son globales en lo referente a su actividad profesional, esté vinculada o no a una actividad artística. La mayor parte de los profesionales de la cultura compaginan su actividad creativa/artística con otros trabajos. Un 45% revela que menos de la mitad de sus ingresos brutos anuales están generados por la actividad artística. Solo un 39% indica que el total de sus ingresos proviene de su actividad artística. De estos últimos, un 51% percibe unos ingresos superiores a los 12.000 euros brutos anuales y solo el 13% percibe más de 25.000 euros brutos anuales.

En definitiva, el artista, el creador y el profesional del mundo de la cultura se encuentran en una situación precaria que, en parte, podría mejorar con determinados cambios legislativos. Efectivamente, a pesar de ser cierto que la crisis actual afecta a toda la sociedad y el artista no es una excepción, no es menos cierto que la realidad que viven la mayoría de los artistas y los creadores se puede mejorar con un derecho que fomente el contenido justo de sus normas, lo cual implica adecuar las leyes a nuestros tiempos y que, lógicamente, el artista, el creador y el profesional del mundo de la cultura las conozcan y las sepan aplicar.

Este trabajo, pues, nace con un doble objetivo: intentar reflejar una imagen más fiel de la situación fiscal, laboral, contractual, de protección de derechos de autor y de formación del artista, del creador y del profesional de los oficios relacionados con el mundo de la cultura, y tratar de plantear alternativas para intentar dar respuesta a situaciones anómalas del sector tanto en un ámbito normativo como de gestión, y que en el futuro se puedan concretar en el Estatuto del artista.

A fin y efecto de poder armonizar conceptos y evitar problemas de interpretación, a continuación se detallan las definiciones de los términos esenciales que aparecen en este documento:

  • Artista y creador: Toda persona que crea o participa, para su interpretación, en la creación o recreación de obras de arte, que considera su creación artística como un elemento esencial de su vida, contribuyendo así a desarrollar el arte y la cultura, y que es reconocida o pide que se la reconozca como artista, haya entrado o no en una relación de trabajo u otra forma de asociación.
  • Condición: Designa, por un lado, la posición que se les reconoce en el plano moral de la sociedad a los artistas y creadores antes definidos, en base a la importancia atribuida a la función que tendrán que desarrollar y, por otro lado, el reconocimiento de sus libertades y sus derechos, incluidos los derechos morales, económicos y sociales, en especial, en materia de ingresos y de Seguridad Social.
  • Obra: Hace referencia a todas las creaciones originales literarias y artísticas expresadas por cualquier medio o apoyo, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, englobando entre estas las siguientes:

1. Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos, alocuciones, conferencias, informes, explicaciones de cátedra y cualquier otra obra de la misma naturaleza.

2. Las composiciones musicales, con letra o sin ella.

3. Las obras dramáticas y dramático-musicales, las coreografías, las obras de escenografía, las pantomimas y, en general, las obras teatrales.

4. Las obras cinematográficas, el guión, la creación de vídeos, las obras de arte electrónico, el arte en red (net art) y cualquier otra obra audiovisual, así como las instalaciones y las acciones artísticas o performances.

5. Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía, ilustraciones y las historietas gráficas, cómics, así como sus ensayos o borradores y el resto de obras plásticas sean o no aplicadas.

6. Las obras fotográficas y las que se expresen por un procedimiento análogo a la fotografía.

Asimismo, son también objeto de propiedad intelectual las traducciones y adaptaciones, revisiones, actualizaciones y anotaciones, los compendios, resúmenes y extractos, los arreglos musicales y toda transformación de una obra literaria o artística.

  • Profesiones relacionadas: El conjunto de oficios o profesiones que ayudan al artista o creador en su proceso creativo y que tienen una intervención directa en este proceso.

A modo de ejemplo, las profesiones que, por su intervención en el proceso creativo, han de tenerse en cuenta son los regidores, técnicos y técnicas del espectáculo, ayudantes de escenógrafos, gestores culturales, comisarios, auxiliares de fotógrafos, cámaras… Aunque estas profesiones no tienen reconocida en su práctica totalidad la protección del derecho de propiedad intelectual, hay que procurar que se protejan sus condiciones fiscales, laborales, contractuales y de formación análoga a los artistas y creadores, considerando la estrecha relación que tienen con estos y con el hecho creador.

La metodología utilizada para la realización de este trabajo ha variado a medida que han avanzado las fases de elaboración:

a) Fase de análisis

En esta fase se ha intentado profundizar en determinar la situación real de los artistas, los creadores y los profesionales de los oficios relacionados con el mundo de la cultura, en los diferentes sectores y actividades de la cultura donde intervienen.

Por motivos metodológicos se ha trabajado con una clasificación de los diferentes sectores culturales basada en la que se utiliza para diferentes estadísticas culturales, como es el caso de la Oficina Estadística de la Unión Europea (EUROSTAT) o la cuenta satélite de la cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, modificándola según los objetivos del trabajo. En consecuencia, se han diferenciado cuatro sectores:

  • Artes musicales, donde se incluyen compositores, creadores musicales, intérpretes, regidores y técnicos de luz y sonido.
  • Artes literarias, que engloban a escritores, guionistas y traductores.
  • Artes escénicas, que incluyen a actores y directores de teatro y cine, bailarines, coreógrafos, profesionles del circo, escenógrafos, regidores y técnicos de luz y sonido.
  • Artes visuales y plásticas, que agrupa a fotógrafos, ilustradores, pintores, escultores, performers, creadores de vídeos y otros artistas vinculados a la creación visual, así como comisarios y críticos de arte.

Hay que indicar que la relación de artistas y creadores no es exhaustiva, sino que se hace a título de ejemplo. Asimismo, en cada sector, hemos analizado los siguientes ámbitos:

  • Ámbito tributario
  • Ámbito laboral
  • Ámbito contractual y de propiedad intelectual
  • Ámbito formativo

El trabajo de campo realizado para tratar de obtener el análisis más fiel de los diferentes sectores culturales ha sido el siguiente:

1. Recopilación de documentos de trabajo, realizada por los mismos artistas, creadores y profesionales del mundo de la cultura, así como por sus asociaciones.

2. Reuniones con las asociaciones representativas de los sectores de la cultura en Cataluña:

1. Associació Professional de Músics de Catalunya (MUSICAT)

2. Associació de Músics de Jazz i Música Moderna de Catalunya (AMJM)

3. Associació de Músics de Tarragona (AMT)

4. Associació d’Actors i Directors Professionals de Catalunya (AADPC)

5. Associació d’Escenògrafs de Catalunya (AdEC)

6. Associació de Professionals de la Dansa de Catalunya (APDC)

7. Associació de Companyies Professionals de Dansa de Catalunya (ACPDC)

8. Associació de Professionals de Circ de Catalunya (APCC)

9. Associació de Regidoria de l’Espectacle de Catalunya (AREC)

10. Associació de Tècnics i Tècniques de l’Espectacle de Catalunya (AteCat)

11. Associació Col·legial d’Escriptors de Catalunya (ACEC)

12. Associació d’Escriptors en Llengua Catalana (AELC)

13. Guionistes Associats de Catalunya (GAC)

14. Asociación de Fotógrafos Profesionales de España (AFP)

15. Associació Professional d’Il·lustradors de Catalunya (APIC)

16. Associació d’Artistes Visuals de Catalunya (AAVC)

17. Foment de les Arts i del Disseny (FAD)

18. Associació Catalana de Crítics d’Art (ACCA)

19. Associació de Professionals de la Gestió Cultural de Catalunya (APGCC), así como reuniones con especialistas en la materia y con la Administración.

3. Estudio de las respuestas de las encuestas respondidas durante los meses de septiembre y octubre de 2013 por 1.164 artistas, creadores y profesionales del mundo de la cultura en Cataluña sobre su situación profesional y formativa. Estas encuestas, a pesar de no tener un valor demoscópico, como ya se ha indicado anteriormente, muestran unas tendencias del sector que confirman las conclusiones extraídas de los documentos de trabajo de las asociaciones, así como de la problemática planteada por las mismas asociaciones en las reuniones que se han mantenido.

4. Redacción del análisis de los diferentes sectores.

b) Fase de exposición de propuestas y reuniones con el sector

Una vez detectadas las problemáticas, se analizan cuáles tendrían que ser las propuestas que, según la legislación actual, pueden mejorar la situación establecida. Se definen un total de 36 propuestas que requieren diferentes niveles de actuación. Hay propuestas basadas en la aplicación de buenas prácticas o el impulso de acuerdos sectoriales, otras hacen hincapié en la correcta aplicación de la legislación vigente. Hay propuestas de cambios desde el punto de vista del funcionamiento administrativo y, cuando es necesario, también se incide en propuestas que implican modificaciones legislativas.

El documento resultante de las 36 propuestas se sometió a la consideración de las organizaciones sectoriales mencionadas anteriormente para ratificar que se adecuaran a su realidad concreta.

c) Fase de redacción final de las propuestas

Una vez validadas con las asociaciones representativas, se procedió a dar forma a las propuestas para mejorar la condición de los profesionales de la cultura incorporando las aportaciones recopiladas de las asociaciones. El documento final es una relación de propuestas derivadas del análisis que indican concretamente lo que hay que hacer. En ningún momento se ha perseguido la redacción de un texto legal articulado, que se pudiera considerar el Estatuto del artista que regule el marco jurídico de dicho artista, del creador y del profesional cultural, porque, dada la complejidad de la temática y la diversidad de los agentes implicados, se prefiere lograr metas de forma gradual. Por este motivo se ha estimado más oportuno trabajar con propuestas concretas que se pueden afrontar de forma independiente, según la oportunidad del momento y del interlocutor a quien va dirigida la propuesta.


Fuente: El documento “36 propuestas para mejorar la condición profesional en el mundo de la cultura” ha sido elaborado por el Consell Nacional de la Cultura i de les Arts (CoNCA) con el asesoramiento jurídico de Brun i Guiu Advocats.

Editado por el Àrea de Coneixement del Consell Nacional de la Cultura i de les Arts (CoNCA) está sujeto a una licencia de Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional de Creative Commons. Se permite la copia, la distribución y la comunicación pública sin uso comercial, siempre que se cite la fuente.

Barcelona: 20 de junio de 2014

Depósito legal: B 15796-2014 Diseño y maquetación: Entitat Autònoma del Diari Oficial i de Publicacions

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