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Música grabada. Derechos de autor, licencias y streaming

musica grabada, derechos de autor, licencias y streaming
Escrito por José Luis López

Comenzamos el año revisando algunos de los aspectos más importantes y que tanto ocupa y preocupa a músicos, sellos e industria sobretodo en materia de música grabada y derechos de modo que a través de varios artículos iremos revisando la cuestión.

Revisitamos el informe que el proyecto Rethink Music publicó hace unos meses, el informe «Fair  Music».

Dicho informe identificaba las barreras en cuanto al flujo de dinero hacia el artista, especialmente en el negocio de la música grabada digital, donde las fuentes de ingresos no muestran toda las transparencia que se requiriría.

En lo que respecta a la tranmisión de música, los artistas se muestran bastante escépticos en el modelo de negocio generado. En base a este informe se analizan las fuentes de ingresos derivados del streaming así como las estructuras subyacentes de dicho negocio.

El problema de la distribución de ingresos

La industria de música grabada reporta un ingreso por streaming a nivel mundial (datos de IFPI) por valor de 2,2 mil millones de dólares repartidos en 1,57 billones por servicios de suscripción y 641 millones procedentes de plataformas sustentadas por publicidad, esto es un 39% superior respecto a 2013.

La pregunta obligada aquí es de que manera se divide los ingresos recaudados por el streaming entre los distintos titulares de los derechos de autor?

Llegados aquí debemos distinguir dos copyrights distintos:

  1. Derechos de autor para una obra creada por un compositor.
  2. Derechos de autor sobre la grabación de sonido realizada por un artista o música en calidad de ejecutante para un sello discográfico.

Un servicio de streming de música necesita hacer acercarse a los diferentes titulares de los derechos,

A continuación tienes un esquema sobre las estructuras de licencias para los servicios de streaming en EEUU.

Licensing structure in the US

Ingresos por licenciar derechos de música grabada

Los derechos sobre la música grabada generalmente suelen estar controlados por los sellos discográficos, lo que hace que Spotify y demás plataformas de streaming tengan que licenciar estos derechos directamente a los sellos, caso que se da siempre para las Major (Universal, Sony y Warner). Por otro lado los sellos independientes generalmente lo llevan a cabo, no de forma directa, si no a través de los llamados agregadores como por ejemplo Believe Digital, Rebeat o The Orchard o bien por compañías como Merlin..

La parte de los derechos de la grabación correspondiente a los artistas o ejecutantes dependerá de las condiciones que éstos tengan con el sello discográfico plasmado en su contrato. En los antiguos contratos las ventas digitales son tratados como ventas físicas y el artista consigue entre un 10 y un 2o% recuperable con adelantos.

Por otro lado, en los contratos actuales existen clausulas que permiten al artista obtener unas regalías hasta del 50% también recuperable con adelantos. Si la canción no consigue ciertos niveles de popularidad el artista no verá ningún dinero por ventas de discos, descargas o ingresos por streaming.

Según un estudio de Ernst & Young / SNEP, se mostraba que el 73% de los pagos por royalties para una cuenta premium de 9,99 euros en un servicio de streaming como Deezer son mantenidos por la mayoría de los principales sellos discográficos. El 10% de la cuota de suscripción se divide entre creadores y editores y aproximadamente un 7% acaba en los bolsillos de los intérpretes.

Para evitar a los sellos discográficos, los ejecutantes pueden retener sus derechos digitales dentro del contrato con el sello y distribuir ellos mismos su contenido a través de agregadores, obteniendo en este caso el 100% de los ingresos por streaming.

En EE.UU. , plataformas tales como Sirius XM, Pandora o iHeartRadio tienen un trato diferente puesto que no son plataformas de streaming interactivas bajo demanda, las licencias por los derechos de ejecución digitales son gestionadas por SoundExchange.  Las tarifas quedan definidas por el CRB (Copyright Royalty Board):

  • 50% para las discográficas
  • 45% para los artistas
  • 5% restante se reparte entre la American Music Federation (AMF), Screen Actors Guild (SAG), (el sindicato de actores) y la AFTRA (Federación Americana de Artistas de Televisión y Radio), coristas y músicos de estudio.

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Sobre el autor

José Luis López

CEO y Co-Founder de PromocionMusical.es
Consultor y formador independiente especializado en industria musical, mundo digital, autogestión y emprendedurismo.

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